Normativa

Imprimir

RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2022, del Delegado Territorial de Administración Industrial de Bizkaia, por la que se autoriza la instalación de distribución de gas hidrógeno canalizado denominada «Corredor Vasco del Hidrógeno - Fase I (Refinería de Petronor - Parque Tecnológico de Abanto)», en el término municipal Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena (Bizkaia), se aprueba el correspondiente proyecto y se declara la utilidad pública de la misma.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 85
  • Nº orden: 1904
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 25/04/2022
  • Fecha de publicación: 04/05/2022

Ámbito temático

  • Materia: Actividades Económicas; Organización administrativa
  • Submateria: Industria; Ayuntamientos de la CAPV; Gobierno y Administración Pública

Texto legal

Mostrar índiceOcultar índice
  1. º expediente: 48-CG-Y-2021-00008.

Uno. Con fecha 29 de noviembre de 2021, Nortegas Energía Distribución, S.A.U. solicitó autorización administrativa, aprobación de proyecto y declaración en concreto de la utilidad pública para la instalación de distribución de gas hidrógeno canalizado denominada «Corredor Vasco del Hidrógeno Fase I (Refinería de Petronor Parque Tecnológico de Abanto)», en el término municipal Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena (Bizkaia).

Dos. A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, se sometió el expediente al trámite de información pública, publicándose el anuncio en el tablón del ayuntamiento de Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena, en el BOB de fecha 17 de diciembre de 2021, en el BOPV de fecha 17 de diciembre de 2021, en la web del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, en el periódico «Deia» de 16 de diciembre de 2021 y «El Correo» de 17 de diciembre de 2021.

Tres. Con carácter simultáneo al trámite de información pública, el 9 de diciembre de 2021 se remitió separata del proyecto al Ayuntamiento de Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena, quien no ha presentado condicionado técnico en plazo. Además, en la misma fecha, se enviaron separatas a Ura (Agencia Vasca del Agua), Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia y Enagás, S.A., no habiendo presentado condicionado técnico en plazo.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Uno. La Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y sus modificaciones; el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de gas natural y el Decreto 76/2020, de 9 de junio, de los procedimientos de autorizaciones administrativas relativas a las instalaciones de distribución y transporte de gases combustibles por canalización, establecen la exigencia de la autorización administrativa previa para la construcción de redes de distribución de gases combustibles.

Dos. La Ley 34/1998, de 7 de octubre, declara de utilidad pública las instalaciones a las que se refiere el título IV de la Ley, relativas al suministro de gases combustibles por canalización.

Tres. El Delegado Territorial de Administración Industrial de Bizkaia es el órgano competente para la resolución del presente expediente, en virtud de lo establecido en el artículo 23 del Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

En consecuencia,

RESUELVE:

Autorizar, a Nortegas Energía Distribución, S.A.U., la instalación de distribución de gas hidrógeno canalizado denominada «Corredor Vasco del Hidrógeno Fase I (Refinería de Petronor Parque Tecnológico de Abanto)», en el término municipal Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena (Bizkaia) y aprobar el correspondiente proyecto.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza, llevando implícita esta declaración, a tenor de lo dispuesto en el artículo 105 de la citada Ley 34/1998, de 7 de octubre, la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados, e implicando la urgente ocupación de los mismos y determinando las consecuencias que para la declaración de urgente ocupación dispone el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Esta resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto 76/2020 y con las condiciones generales siguientes:

  1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto denominado: «Proyecto constructivo de autorización de instalaciones de distribución de gas hidrógeno canalizado - Hidroducto (MOP 16 bar) «Corredor Vasco del Hidrógeno Fase I - Refinería de Petronor Parque Tecnológico de Abanto » Término municipal de Abanto Zierbena (Bizkaia)», del que es autor el ingeniero industrial Jorge Díaz Alonso.

  2. Las instalaciones deberán cumplir lo establecido en el Reglamento Técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias (RD 919/2006, de 28 de julio), así como las disposiciones y normas técnicas correspondientes.

  3. Para introducir modificaciones que afecten a los datos básicos contenidos en el proyecto aprobado, será necesario obtener la autorización correspondiente.

  4. El plazo de ejecución de la instalación que se autoriza será de 3 años a partir de la fecha de la autorización.

  5. Los reconocimientos, ensayos y pruebas de carácter general o parcial que, según las disposiciones en vigor, hayan de realizarse en las instalaciones, deberán ser comunicados a la Delegado Territorial de Administración Industrial de Bizkaia con la debida antelación.

  6. Una vez finalizadas las obras de instalación, deberá presentarse ante la Delegado Territorial de Administración Industrial de Bizkaia los correspondientes Certificados de Dirección de Obra, actas de pruebas con los registros gráficos, así como los planos as-built.

  7. La puesta en servicio de la instalación se efectuará según lo indicado en el Decreto 76/2020, de 9 de junio.

  8. La presente autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener los mismos.

    Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial del Departamento, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta Resolución, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

    En Bilbao, a 25 de abril de 2022.

    El Delegado Territorial de Administración Industrial de Bizkaia,

    ADOLFO GONZÁLEZ BERRUETE.