Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN 1985/2025, de 3 de diciembre, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se corrige la Resolución 1836/2025, de 12 de noviembre, por la que se convoca concurso para la provisión del puesto de jefe/a de Servicio Sanitario de Análisis y Optimización de Resultados y Continuidad Asistencial, en la Subdirección para la Coordinación de la Atención Hospitalaria, de la Dirección de Asistencia Sanitaria, de la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Osakidetza-Servicio vasco de salud
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 246
- Nº orden: 5464
- Nº disposición: 1985
- Fecha de disposición: 03/12/2025
- Fecha de publicación: 22/12/2025
Ámbito temático
- Materia: Sanidad y consumo; Organización administrativa
- Submateria: Función pública
Texto legal
Mediante Resolución 1836/2025, de 12 de noviembre, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud (BOPV n.º 229, de 27 de noviembre), se convoca concurso para la provisión del puesto de trabajo de jefe/a de Servicio Sanitario de Análisis y Optimización de Resultados y Continuidad Asistencial, en la Subdirección para la Coordinación de la Atención Hospitalaria, de la Dirección de Asistencia Sanitaria, de la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
En la base primera de la convocatoria se establecen los requisitos de participación. En la letra d) se recoge: «Experiencia profesional mínima de cuatro años en Jefatura de Servicio Sanitario convocada mediante la presente Resolución».
Con posterioridad a esta publicación se ha identificado como error material la referencia de la experiencia profesional a puesto de Jefatura de Servicio Sanitario que se convoca, ya que la experiencia profesional requerida debe referirse a la especialidad correspondiente.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece en su artículo 109.2 que «Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos».
Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades atribuidas por la legislación vigente en materia de personal,
En la base primera relativa a los requisitos de participación, en el punto d) donde dice «... en puesto de jefatura de servicio sanitario convocada mediante la presente Resolución», debe decir «... en puesto de la especialidad correspondiente».
En Vitoria-Gasteiz, a 3 de diciembre de 2025.
La directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud,
MIREN LOREA BILBAO ARTECHE.