Normativa

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RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2023, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se hace público el agotamiento del crédito presupuestario, correspondiente al ejercicio 2023, destinado a la financiación de las ayudas a los contratos de relevo a los que se refiere el artículo 12.7 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Lanbide-Servicio Vasco de Empleo; Trabajo y Empleo
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 2
  • Nº orden: 23
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 19/12/2023
  • Fecha de publicación: 03/01/2024

Ámbito temático

  • Materia: Cultura y deporte; Economía y Hacienda; Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa
  • Submateria: Hacienda; Trabajo y empleo; Gobierno y Administración Pública; Economía; Función pública

Texto legal

Mediante Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, se publicó la convocatoria de ayudas al contrato de relevo para el ejercicio 2023, aprobada mediante Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo de 21 de diciembre de 2022.

El artículo 8.3 de la mencionada convocatoria dispone que las solicitudes serán estudiadas por orden de presentación y que las ayudas se concederán en el mismo orden a aquellas que cumplan los requisitos y condiciones previstos en la convocatoria. El citado artículo establece, asimismo, que una vez agotada la dotación presupuestaria se procederá a la publicación de esta circunstancia en el BOPV mediante resolución de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y se denegarán las subvenciones a las solicitudes pendientes.

El artículo 2 de la convocatoria de ayudas al contrato de relevo para el año 2023, establece que el volumen total de las ayudas a conceder no superará cantidad presupuestada o la que resulte de su incremento, en el supuesto de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente, circunstancia a la que se dará la oportuna publicidad mediante Resolución de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

De la misma forma, en el artículo 2 se da a conocer el importe total del crédito asignado a esta convocatoria para el año 2023.

Una vez agotados los recursos económicos destinados a las ayudas a los contratos de relevo,

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