Normativa

Imprimir

RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2022, del Director de Calidad e Industrias Alimentarias, por la que se conceden y deniegan ayudas solicitadas, en el ejercicio 2022, al amparo del Decreto 179/2014, de 23 de septiembre, de ayudas a la promoción de los productos agrarios, alimentarios, pesqueros y forestales en Mercados Exteriores a la Comunidad Autónoma del País Vasco, «Programa Lehiatu Promoción».

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 15
  • Nº orden: 370
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 19/12/2022
  • Fecha de publicación: 23/01/2023

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Economía y Hacienda; Medio natural y vivienda; Sanidad y consumo; Actividades Económicas
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Economía; Agricultura y pesca; Comercio y turismo

Texto legal

Vistas las solicitudes de ayuda presentadas al amparo de la Orden de 13 de julio de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente por la que se convocan para el ejercicio 2022 las ayudas a la promoción de los productos agrarios, alimentarios, pesqueros y forestales previstas en el Decreto 179/2014, de 23 de septiembre (programa Lehiatu Promoción), que se relacionan en los Anexos I a II de la presente Resolución, así como la documentación junto con ellas aportadas, y cuyos números de expediente se indican en los citados anexos.

Considerando la propuesta de resolución elaborada por la Comisión de Valoración, constituida en aplicación del artículo duodécimo del Decreto 179/2014, de 23 de septiembre, y nombrada mediante Resolución de 13 de septiembre de 2022, del Director de Calidad e Industria Alimentaria.

Considerando que, para la elaboración de la propuesta de resolución llevada a cabo por la Comisión de Valoración, se han tenido en cuenta los criterios de valoración y selección establecidos en la Orden de 13 de julio de 2022 de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto

El plazo de ejecución del gasto y la fecha de las facturas será el 31 de diciembre 2022.

El plazo máximo para entregar la documentación justificativa de la ejecución del gasto y la fecha de abono de dichas facturas, será el 28 de febrero de 2023.

El abono de la subvención se realizará de acuerdo con las actividades de promoción presentadas por la empresa, y con lo establecido por el Decreto 179/2014, de 23 de septiembre.

La no realización del gasto dentro del plazo establecido, o la falta de presentación en plazo de la documentación acreditativa de la realización del gasto, supondrá la pérdida del derecho a la percepción de la subvención y, en su caso, la iniciación del procedimiento de reintegro previsto en el artículo vigesimotercero del Decreto 179/2014, de 23 de septiembre.