Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN de 18 de junio de 2025, del delegado Territorial de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad de Álava, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción al «proyecto de Línea Eléctrica Aérea a 13,2 kV, denominado cambio de conductor "4656-03 Villarreal" en la derivación al CT "Válvulas Villarreal"», en el término municipal de Legutio (Álava) y se declara la utilidad pública de la misma.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Industria, Transición Energética y Sostenibilidad
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 134
- Nº orden: 3129
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 18/06/2025
- Fecha de publicación: 16/07/2025
Ámbito temático
- Materia: Actividades económicas; Transportes y obras públicas
- Submateria: Industria
Texto legal
º expediente: 01ATY 202000038.
Con fecha 29 de agosto de 2019 se autorizó con el expediente AT-Y-2019-00044, el «proyecto de línea eléctrica aérea a 13,2kV denominado cambio de conductor "4656-03 Villarreal" en la derivación al CT "Válvulas Villarreal"», en el término municipal de Legutio.
Con fecha 22 de julio de 2020, i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. solicitó la autorización administrativa previa y de construcción, y la declaración, en concreto, de la utilidad pública del «proyecto de Línea Eléctrica Aérea a 13,2 kV, denominado cambio de conductor 24656-03 Villarreal" en la derivación al CT "Válvulas Villarreal"», en el término municipal de Legutio (Álava).
En cumplimiento de lo previsto en el Decreto 48/2020, de 31 de marzo por el que se regulan los procedimientos de autorización administrativa para la construcción, modificación, explotación, transmisión y cierre de las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica, así como de las acometidas, líneas directas, e instalaciones de conexión de consumidores y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en los artículos 17.2 y 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y 56 de su Reglamento de 26 de abril de 1957, dicho proyecto ha sido sometido a información pública, junto con la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos que el peticionario considera de necesaria expropiación.
A tales efectos, dentro del trámite de información pública a fecha de 8 de octubre de 2020 se remitió la documentación correspondiente al proyecto al Ayuntamiento de Legutio, se publicó el anuncio en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava de fecha de 21 de octubre de 2020, en el Boletín Oficial del País Vasco de fecha de 7 de octubre de 2020, en el periódico «Diario Noticias de Álava», de 12 de octubre de 2020 y en el periódico «El Correo» de 15 de octubre de 2020. No se recibieron alegaciones en plazo.
Con carácter simultáneo al trámite de información pública a fecha de 8 de octubre de 2020 se envió la separata correspondiente al Ayuntamiento de Legutio y con fecha 9 de octubre de 2020 a Ura - Agencia Vasca del Agua. No se presentaron alegaciones en plazo.
Con posterioridad, a fecha de 25 de junio de 2021 i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U, presenta solicitud de evaluación de impacto ambiental simplificada, adjuntando la documentación ambiental correspondiente.
Con fecha de 28 de junio de 2021, se constituye ante la Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular el expediente de evaluación ambiental simplificada, con referencia EIAS-151.
Con fecha 9 de julio de 2021, el órgano ambiental inadmite la solicitud de evaluación ambiental simplificada, al estar el proyecto incluido dentro de los proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental ordinaria, según el apartado B) del Anexo I de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, general de protección del medio ambiente del País Vasco, en la que se define el procedimiento de evaluación individualizada de impacto ambiental, equivalente al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria de proyectos, definido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Dicha inadmisión es notificada al promotor, requiriendo la presentación del correspondiente estudio de impacto ambiental del proyecto.
Con fecha 21 de septiembre de 2021, la promotora presenta el estudio de impacto ambiental del proyecto. Dicho estudio de impacto ambiental, junto con la documentación técnica, se somete a información pública, mediante anuncios publicados en el Boletín Oficial del País Vasco de fecha 28 de octubre de 2021 y Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava, de fecha 15 de noviembre de 2021. No se reciben alegaciones dentro del trámite de información pública.
De forma simultánea al trámite de información pública se realizan consultas a las siguientes administraciones públicas afectadas y personas interesadas:
Ayuntamiento de Legutio.
Dirección de Agricultura de la Diputación Foral de Álava.
Dirección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava.
Dirección de Cultura, Euskera y Deporte de la Diputación Foral de Álava.
URA-Agencia Vasca del Agua y Confederación Hidrográfica del Ebro.
Dirección de Patrimonio Cultural del Gobierno Vasco.
Subdirección de Salud Pública y Adicciones del Gobierno Vasco.
Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco.
Ekologistak Martxan Araba.
Grupo Alavés de Defensa y Estudio de la Naturaleza.
Instituto Alavés de la Naturaleza.
Se recibieron informes de las Direcciones de Agricultura, de Medio Ambiente y Urbanismo, de Cultura, Euskera y Deportes de la Diputación Foral de Álava, de la Confederación Hidrográfica del Ebro a través de Ura Agencia Vasca del Agua, y de las Direcciones de Patrimonio Cultural y de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco. Estos fueron remitidos a la promotora para su consideración.
Con fecha 3 de febrero de 2023, en relación a los informes de la Dirección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava, y de la Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco, que solicitaban el soterramiento de la línea aérea en la parte que afecta a la ZEC ES2110011 «Embalses del Sistema del Zadorra», la promotora procede a presentar el documento «Anexo al Proyecto de línea aéreo-subterránea de media tensión de 13,2 kV, denominado: Cambio de Conductor»4656-03 Villarreal«en la derivación a CT»Válvulas Villarreal«, por el que se modifica el proyecto inicial, modificando el trazado, de forma que se soterra el tramo comprendido desde el nuevo apoyo n.º N1029 hasta el centro de transformación CT»Válvulas Villarreal", utilizando el camino existente. Del mismo modo, procede a realizar una nueva versión del estudio de impacto ambiental del proyecto.
Con fecha 28 de febrero de 2023, se constituye el expediente de evaluación ambiental ordinaria, con referencia EIAO-0113INET.
Con fecha 5 de mayo de 2023, se emite Resolución del director de Calidad Ambiental y Economía Circular, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del «proyecto de Línea Eléctrica Aérea a 13,2 kV, denominado cambio de conductor "4656-03 Villarreal" en la derivación al CT "Válvulas Villarreal"» en Legutio (Álava), siendo publicada en el Boletín Oficial del País Vasco de 24 de mayo de 2023.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
La Delegación Territorial de Álava es el órgano competente para la tramitación y resolución del presente expediente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad.
En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; Ley de 26 de abril de 1957 de expropiación forzosa, Decreto 48/2020, de 31 de marzo del Gobierno Vasco; Resolución de 8 de marzo de 2011 del Director de Energía y Minas por la que se establecen prescripciones específicas para el paso de líneas de alta tensión por zonas de arbolado; Ley 3/1998, de 27 de febrero, general de protección del medio ambiente del País Vasco (Ley en vigor a inicio de expediente); Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Asimismo, resulta de aplicación el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.
La modificación del trazado de la línea, según el Anexo Técnico presentado, modifica las afecciones inicialmente publicadas en el trámite de declaración de utilidad pública, por lo que se procede a modificar la relación de bienes y derechos afectados que se consideran de necesaria expropiación (Antecedentes de Hecho 3 y 4), al desaparecer la afección sobre las parcelas del término municipal de Legutio, identificadas con los siguientes números, todas ellas del polígono 1: 1152, 1153, 1154, 1189 1190, 1191, 1192 y 1193.
En la Resolución del director de Calidad Ambiental y Economía Circular (BOPV de 24-05-2023), por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto de reforma de línea eléctrica aérea a 13,2 kV «4656-03 Villarreal» en la derivación a CT «Válvulas Villareal», Legutio (Álava), se analizan las posibles repercusiones que podría tener el proyecto sobre el medio ambiente, y se fijan las condiciones vinculantes para la ejecución del proyecto, así como las medidas protectoras, correctoras y compensatorias y exigencias documentales, cuyo cumplimiento debe ser trasladado a la presente Resolución. Dichas medidas son vinculantes de acuerdo con lo especificado en el artículo 78.1 de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, el delegado de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad de Álava
RESUELVE:
Conceder a i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. autorización administrativa previa y de construcción para «proyecto de Línea Eléctrica Aérea a 13,2 kV, denominado cambio de conductor "4656-03 Villarreal" en la derivación al CT "Válvulas Villarreal"», en el término municipal de Legutio (Álava), modificado mediante el anexo presentado con fecha 3 de febrero de 2023, por el que se modifica el trazado desde el apoyo n.º N1029 hasta el centro de transformación, soterrando el mismo bajo el camino existente que conduce hasta el centro de transformación, en una longitud de 1.055 metros, manteniéndose el tramo aéreo entre el apoyo n.º 24 y el apoyo n.º N1029.
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación referenciada. A estos efectos, se modifica la relación de bienes y derechos afectados publicada mediante el Anuncio de 9 de septiembre de 2020, del delegado Territorial de Álava del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, suprimiendo de dicha relación las parcelas identificadas con los siguientes números, todas ellas del polígono 1 (según proyecto): 1152, 1153, 1154, 1189 1190, 1191, 1192 y 1193.
Esta resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto 48/2020 y con las condiciones generales siguientes:
Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto autorizado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
El proyecto deberá ejecutarse de acuerdo con las condiciones fijadas en la declaración de impacto ambiental del proyecto, publicada en el BOPV de fecha 24 de mayo de 2023. En concreto, y con carácter no exhaustivo, deberán adoptarse las siguientes medidas protectoras y correctoras establecidas en dicha declaración de impacto ambiental:
Medidas destinadas a la protección del patrimonio natural.
Medidas destinadas a la protección de la calidad de las aguas y de los recursos hídricos.
Medidas destinadas a garantizar la compatibilidad de la calidad del suelo con los usos previstos.
Medidas destinadas a aminorar las emisiones de polvo.
Medidas destinadas a aminorar los efectos derivados de los ruidos y vibraciones.
Medidas destinadas a la gestión de los residuos.
Medidas destinadas a la protección del patrimonio cultural.
Medidas destinadas a la protección paisajística y a la restauración de las superficies afectadas.
Limpieza y acabado de la obra.
Asesoría ambiental.
Programa de Vigilancia Ambiental: se realizará de acuerdo con lo previsto en la documentación presentada por el promotor, añadiendo los siguientes controles: control de los límites de ocupación de la obra, control del éxito de la restauración, registro de eventualidades, remisión de los resultados del programa de vigilancia ambiental.
El plazo de puesta en marcha será de tres años contado a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya solicitado la autorización de explotación de la instalación, se podrá declarar la caducidad de la presente Resolución.
El titular de las instalaciones, una vez ejecutado el proyecto, y tras las comprobaciones reglamentarias, dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial de Administración Industrial de Álava a efectos de la autorización de explotación y puesta en servicio, acompañando la documentación que se indique en los reglamentos técnicos de aplicación.
La presente Resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Asimismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el director de Descarbonización, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.
En Vitoria-Gasteiz, a 18 de junio de 2025.
El delegado territorial de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad de Álava,
JAVIER AIZPURU OCHOA DE ERIBE.