Normativa

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RESOLUCIÓN de 17 de junio de 2026, de la directora de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos, por la que se realiza la publicación conjunta de las convocatorias del concurso ordinario de 2026, de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local, con habilitación de carácter nacional, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 120
  • Nº orden: 2862
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 17/06/2026
  • Fecha de publicación: 26/06/2026

Texto legal

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El artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 21 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (modificado por el Real Decreto-ley, de 2 de junio, por el que se adoptan medidas relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial) prevé que los sistemas de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional serán el concurso y, de manera excepcional, el de libre designación.

Así, existen dos concursos anuales: el concurso ordinario y el concurso unitario, que tendrá naturaleza supletoria. Por lo que se refiere al concurso ordinario son las Corporaciones locales con puestos vacantes las que aprueban las bases del concurso ordinario y efectúan las convocatorias, remitiéndolas a la correspondiente Comunidad Autónoma para su publicación simultánea en los diarios oficiales.

Con fecha 19 de marzo de 2018, entró en vigor el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Este Real Decreto efectúa una nueva regulación de los méritos generales de los concursos de méritos, modificando determinadas puntuaciones, al amparo de la nueva regulación de los porcentajes de méritos generales, autonómicos y específicos, recogidos en el artículo 92 bis de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local (modificado por el Real Decreto-ley, de 2 de junio, por el que se adoptan medidas relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial). Asimismo, y en desarrollo de dichas previsiones, se aprobó la Orden TFP/153/2021, de 16 de febrero, por la que se regula la valoración de los méritos generales del personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Por lo que se refiere a la Comunidad Autónoma de Euskadi, la disposición adicional segunda de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local señala que «en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, la normativa básica reguladora de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional se aplicará de conformidad con la disposición adicional primera de la Constitución, con el artículo 149.1.18.ª de la misma y con la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía para el País Vasco, teniendo en cuenta que todas las facultades previstas respecto a dicho personal serán asumidas en los términos que establezca la normativa autonómica, incluyendo entre las mismas la facultad de selección, la aprobación de la oferta pública de empleo para cubrir las vacantes existentes de las plazas correspondientes a las mismas en su ámbito territorial, convocar exclusivamente para su territorio los procesos de provisión para las plazas vacantes en el mismo, la facultad de nombramiento del personal funcionario en dichos procesos de provisión, la asignación del primer destino y las situaciones administrativas».

En este sentido, de conformidad con la disposición transitoria decimotercera de la Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi, relativa al ejercicio de facultades y funciones en relación con las personas funcionarias públicas, en tanto se apruebe el decreto del Gobierno Vasco previsto en la disposición adicional quinta de la misma ley, aquellas facultades respecto a las que la normativa básica estatal establece que la normativa autonómica ha de determinar su atribución a las entidades locales, a las instituciones forales de los territorios históricos o a las instituciones comunes de la Comunidad Autónoma, continuarán ejerciéndose por las administraciones públicas que las estuvieran ejerciendo a la entrada en vigor de esta ley.

Así, continúa correspondiendo a las Instituciones Forales de los Territorios Históricos la facultad de convocar, exclusivamente para su territorio, dichos concursos para provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional; pudiéndose publicar la convocatoria, además de en el Boletín Oficial del Territorio Histórico respectivo, en el Boletín Oficial del País Vasco.

En base a lo anterior, los órganos correspondientes de las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa han realizado y publicado las convocatorias del concurso ordinario de 2026 para la provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario con habilitación de carácter nacional vacantes en las Corporaciones Locales de cada uno esos Territorios Históricos.

Teniendo en cuenta que se hace necesario, a los efectos de coordinación, dar una publicidad conjunta de las convocatorias realizadas por los Territorios Históricos del concurso ordinario 2026, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 11 del Decreto 317/2024, emitido el 29 de octubre de 2024, establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno del Gobierno Vasco,

  1. Territorio Histórico de Álava: Acuerdo 269/2026, del Consejo de Gobierno Foral de 5 de mayo, por el que se aprueba la convocatoria de concurso ordinario, correspondiente al año 2026, para provisión de puestos vacantes en Álava reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOTHA n.º 55, de 15 de mayo de 2026).

  2. Territorio Histórico de Bizkaia: Orden Foral 3400/2026 de 19 de mayo del diputado foral de Administración Pública y Relaciones Institucionales por la que se convoca el concurso ordinario de 2026 para la provisión de puestos de trabajo vacantes en las Corporaciones Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, reservados a funcionarios/as de administración local con habilitación de carácter nacional (BOB n.º 95, de 22 de mayo de 2026).

  3. Territorio Histórico de Gipuzkoa: Orden Foral 1123/2026, de 2 de junio, de la diputada foral del Departamento de Gobernanza por la que se realiza la convocatoria del concurso ordinario de 2026 para la provisión de los puestos de trabajo vacantes reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOG n.º 104 de 5 de junio de 2026).

En todo lo no previsto expresamente en esta Resolución ni en las convocatorias de las Diputaciones Forales se estará a lo regulado por la normativa relativa al personal funcionario con habilitación de carácter nacional y demás disposiciones legales o reglamentarias que resulten de aplicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 17 de junio de 2026.

La directora de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos,

LORETO OSA OCÓN.

(Véase el .PDF)

BIZKAIA

(Véase el .PDF)

GIPUZKOA

(Véase el .PDF)

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