Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN de 16 de abril de 2026, de la directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se renueva la homologación a la entidad Ereinn Consultoría y Formación, S.L., para la prestación de asistencia técnica en materia de Igualdad de Mujeres y Hombres a empresas y entidades.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Instituto Vasco de la Mujer; Lehendakaritza
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 87
- Nº orden: 1966
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 16/04/2026
- Fecha de publicación: 12/05/2026
Ámbito temático
- Materia: Actividades económicas; Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa; Transportes y obras públicas
- Submateria: Industria; Asuntos sociales; Gobierno y Administración Pública
Texto legal
Mediante Decreto 105/2004, de 8 de junio (BOPV n.º 123, de 30 de junio de 2004), se reguló la homologación de entidades consultoras para la prestación de asistencia técnica en materia de igualdad de mujeres y hombres a empresas y entidades, con el fin de promover a través de los agentes sociales el desarrollo de medidas de acción positiva en las empresas tendentes a lograr la igualdad entre mujeres y hombres y de garantizar la calidad, eficacia y profesionalidad de los servicios de consultoría. Este decreto fue objeto de modificación por Decreto 348/2010, de 28 de diciembre (BOPV n.º 8 de 13 de enero de 2011).
El artículo 9 del Decreto 105/2004 establece una vigencia quinquenal para las homologaciones que han de ser renovadas mediante una nueva Resolución de homologación.
En aplicación del artículo 10 del Decreto 105/2004, de 8 de junio, las entidades ya homologadas son objeto de seguimiento anual por parte de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
En base a todo lo anterior, y revisada la documentación correspondiente presentada por la entidad ante este Instituto se comprueba que la entidad Ereinn Consultoría y Formación, S.L. sigue cumpliendo los requisitos exigidos por la normativa de aplicación.
En su virtud,
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el mismo Boletín.
La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 16 de abril de 2026.
La directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer,
MIREN ELGARRESTA LARRABIDE.