Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN de 11 de diciembre de 2025, del director de Farmacia, por la que se ofrece a las y los farmacéuticos titulares de oficina de farmacia en las zonas farmacéuticas colindantes con la zona farmacéutica Valles Alaveses II la posibilidad de solicitar la autorización de creación de un botiquín en el municipio de Zambrana (Álava).
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Salud
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 2
- Nº orden: 30
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 11/12/2025
- Fecha de publicación: 05/01/2026
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa; Sanidad y consumo
- Submateria: Ayuntamientos de la CAPV; Gobierno y Administración Pública
Texto legal
Vista la solicitud de instalación de un Botiquín en el municipio de Zambrana a instancia de la Junta Administrativa donde se pretende su ubicación, y en base a los siguientes:
HECHOS
En este sentido el Decreto 26/2023, de 21 de febrero viene a regular el procedimiento de autorización, condiciones y régimen de funcionamiento de los botiquines.
Este es el supuesto de hecho que se ha producido, una vez transcurrido el plazo de un mes otorgado mediante la resolución de esta Dirección publicada en el BOPV de fecha 5 de noviembre de 2025.
1.C.RA.03 - Zona Farmacéutica Rioja Alavesa.
1.C.AR.04 - Zona Farmacéutica Norte-Zuia.
1.C.AR.05 - Zona Farmacéutica Valles Alaveses I.
1.C.AR.08 - Zona Farmacéutica Montaña Alavesa.
Por todo ello, vistos los preceptos citados y los demás de general aplicación,
Municipio de instalación: Zambrana (Álava).
Zona Farmacéutica: de tipo C, denominación Valles Alaveses II.
Local de ubicación: c/ Solana, 8, 01212 Zambrana, Araba.
Documentación necesaria: la prevista en el artículo 12.3 del Decreto 26/2023, de 21 de febrero.
En Vitoria-Gasteiz, a 11 de diciembre de 2025.
El director de Farmacia,
JON IÑAKI BETOLAZA SAN MIGUEL.