Normativa

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CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución de 18 de septiembre de 2023, del Director de Centros y Planificación, por la que se somete a información pública el proyecto de Orden por la que se fija el currículo y el horario mínimo de las enseñanzas de lengua y cultura española y vasca en los centros docentes que imparten enseñanzas de sistemas educativos extranjeros equivalentes a las enseñanzas obligatorias en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Educación
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 195
  • Nº orden: 4658
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 18/10/2023
  • Fecha de publicación: 11/10/2023

Ámbito temático

  • Materia: Medio natural y vivienda; Cultura y deporte; Organización administrativa; Educación
  • Submateria: Urbanismo y vivienda; Gobierno y Administración Pública

Texto legal

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en la publicación en castellano de la Resolución de 18 de septiembre de 2023, del Director de Centros y Planificación, por la que se somete a información pública el proyecto de Orden por la que se fija el currículo y el horario mínimo de las enseñanzas de lengua y cultura española y vasca en los centros docentes que imparten enseñanzas de sistemas educativos extranjeros equivalentes a las enseñanzas obligatorias en la Comunidad Autónoma de Euskadi, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 186, de 28 de septiembre de 2023, se procede a su corrección:

En el Resuelvo Segundo, en la página 2023/4465 (2/2),

donde dice:

debe decir: