Normativa

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CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución de 14 de julio de 2022, del Director General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, por la que se convoca procedimiento selectivo para ingreso en la Escala de Administración Especial, Clase Servicio de Prevención y Extinción de Incendios, subescala operativa, categoría de bombero/bombera, de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios del País Vasco.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Academia Vasca de Policía y Emergencias; Seguridad
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 151
  • Nº orden: 3540
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 14/07/2022
  • Fecha de publicación: 08/08/2022

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa
  • Submateria: Departamentos; Función pública

Texto legal

El artículo 18.2.a) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores de composición que se produzcan en la publicación, siempre que alteren o modifiquen su contenido o pueda suscitar dudas al respecto, se rectificarán de oficio por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, o a instancia del órgano o entidad interesada. Y en su letra b) que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de esa índole en el texto de la Resolución de 14 de julio de 2022, del Director General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, por la que se convoca procedimiento selectivo para ingreso en la Escala de Administración Especial, Clase Servicio de Prevención y Extinción de Incendios, subescala operativa, categoría de bombero/bombera, de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios del País Vasco, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 143, de 26 de julio de 2022, se procede a su corrección:

En la página 2022/3371 (8/39), en la Base Séptima, apartado 1:

Donde dice:

El primero de los ejercicios consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test. Cada una de las preguntas del cuestionario tipo test contará con cuatro alternativas de respuesta, de las que solo una de ellas será correcta.

Cada respuesta no acertada penalizará con ? del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas no contestadas y las respuestas dobles no penalizarán.

La determinación de los contenidos de este primer ejercicio se realizará de acuerdo a lo recogido en el temario que se adjunta como Anexos I y II, que será el vigente en la fecha de realización de la prueba.

Debe decir:

El primero de los ejercicios consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test. Cada una de las preguntas del cuestionario tipo test contará con cuatro alternativas de respuesta, de las que solo una de ellas será correcta.

Cada respuesta no acertada penalizará con 1/3 del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas no contestadas y las respuestas dobles no penalizarán.

La determinación de los contenidos de este primer ejercicio se realizará de acuerdo a lo recogido en el temario que se adjunta como Anexos I y II, que será el vigente en la fecha de realización de la prueba.

Donde dice:

El segundo de los ejercicios consistirá en elegir y contestar por escrito uno de los cuestionarios tipo test de los dos que se ofrezcan. Cada una de las preguntas del cuestionario tipo test contará con cuatro alternativas de respuesta, de las que solo una de ellas será correcta.

Cada respuesta no acertada penalizará con ? del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas no contestadas y las respuestas dobles no penalizarán.

La determinación de los contenidos de este segundo ejercicio se realizará de acuerdo a lo recogido en el temario que se adjunta como Anexo III, que será el vigente en la fecha de realización de la prueba.

Debe decir:

El segundo de los ejercicios consistirá en elegir y contestar por escrito uno de los cuestionarios tipo test de los dos que se ofrezcan. Cada una de las preguntas del cuestionario tipo test contará con cuatro alternativas de respuesta, de las que solo una de ellas será correcta.

Cada respuesta no acertada penalizará con 1/3 del valor de cada respuesta acertada. Las preguntas no contestadas y las respuestas dobles no penalizarán.

La determinación de los contenidos de este segundo ejercicio se realizará de acuerdo a lo recogido en el temario que se adjunta como Anexo III, que será el vigente en la fecha de realización de la prueba.

En las páginas 2022/3371 (14/39 y 15/39), en la Base Décima, apartado 4.2.3:

Donde dice:

La experiencia profesional en la Administración Local y Foral de la Comunidad Autónoma del País Vasco se considerará equivalente, en los términos del Decreto 208/1990, de 30 de julio, por el que se determina la equivalencia entre los Cuerpos y Escalas de las Administraciones Públicas Vascas, y sin perjuicio de las actualizaciones que correspondan conforme a lo dispuesto en la Ley 1/2004, de 25 de febrero, de Ordenación de los Cuerpos y Escalas de la Administración General de la Comunidad Autónoma y sus Organismo Autónomos.

Debe decir:

La experiencia profesional en la Administración Local y Foral de la Comunidad Autónoma del País Vasco se considerará equivalente, en los términos del Decreto 208/1990, de 30 de julio, por el que se determina la equivalencia entre los Cuerpos y Escalas de las Administraciones Públicas Vascas, y sin perjuicio de las actualizaciones que correspondan conforme a lo dispuesto en la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los Cuerpos y Escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.