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ORDEN de 8 de julio de 2022, del Consejero de Educación, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Educación Secundaria «San Jorge» de Leioa (Bizkaia).

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Educación
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 144
  • Nº orden: 3410
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 08/07/2022
  • Fecha de publicación: 27/07/2022

Ámbito temático

  • Materia: ---
  • Submateria: ---

Texto legal

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Examinado el expediente iniciado por el representante de la entidad titular del Centro Privado de Educación Secundaria «San Jorge» de Leioa, en solicitud de extinción de la autorización que tiene concedida para impartir Enseñanza Secundaria Obligatoria, y teniendo en cuenta la Orden de 22 de noviembre de 2021, del Consejero de Educación, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Educación Secundaria «San Jorge» de Leioa (Bizkaia) con la supresión del primer ciclo de la etapa de Educación Secundaria Obligatoria.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha incorporado al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de Centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y demás normativa aplicable en la materia,

  1. º de código: 014771 y 48005706.

    Denominación genérica: Centro Privado de Educación Secundaria.

    Denominación específica: «San Jorge».

    Titular: Sociedad Mercantil Colegio San Jorge S.L.

    Domicilio: Artazagane, 51.

    Municipio: Leioa.

    Territorio Histórico: Bizkaia.

    Enseñanzas autorizadas: Bachillerato: Modalidades de «Ciencias» y «Humanidades y Ciencias Sociales»,

    Capacidad: 4 unidades y 140 puestos escolares.

Al finalizar el año académico 2021-2022: 1 unidad correspondiente al 3er curso.

Al finalizar el año académico 2022-2023: 1 unidad correspondiente al 4.º curso.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Asimismo, cabe interponer contra la misma recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 8 de julio de 2022.

El Consejero de Educación,

JOKIN BILDARRATZ SORRON.

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