Normativa
ImprimirORDEN de 8 de abril de 2024, del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad, por la que se corrigen errores materiales existentes en la Orden de 5 de marzo de 2024, por la que se abre el plazo para presentar solicitudes en los procesos excepcionales de consolidación de empleo de determinados puestos reservados al personal laboral de los servicios auxiliares de la Administración de Seguridad de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en cumplimiento de lo dispuesto en la Orden de 16 de junio de 2023 (BOPV de 30-06-2023).
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Seguridad
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 77
- Nº orden: 1870
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 08/04/2024
- Fecha de publicación: 18/04/2024
Ámbito temático
- Materia: Actividades económicas; Organización administrativa
- Submateria: Industria; Función pública
Texto legal
El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, sobre el Boletín Oficial del País Vasco establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.
Advertidos errores de esa índole en el Anexo I y Anexo III relativo al Anexo CV. «Bases Específicas del Proceso Excepcional de Consolidación de Empleo para el Puesto 3217» de la Orden de 5 de marzo de 2024, del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad, por la que se abre el plazo para presentar solicitudes en los procesos excepcionales de consolidación de empleo de determinados puestos reservados al personal laboral de los servicios auxiliares de la Administración de Seguridad de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en cumplimiento de lo dispuesto en la Orden de 16 de junio de 2023 (BOPV de 30-06-2023), publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, n.º 56, de 18 de marzo de 2024, se procede a su corrección, y en virtud,
En la página 2024/1378 (5/11), en la tabla,
(Véase el .PDF)
En la página 2024/1378 (9/11), en el apartado c) Titulaciones,
donde dice:
Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Arquitectura, Ingeniería Superior/sección ingeniería industrial (MECES 3): 4 puntos por título.
debe decir:
Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura en Sociología y Ciencias Políticas o equivalente (MECES 3): 4 puntos por título.
En la publicación en euskera, en la página 2024/1378 (11/9), en el apartado «c) Tituluak»,
donde dice:
Bigarren mailako lanbide-heziketako titulua edo baliokidea egiaztatzeagatik: 2 puntu titulu bakoitzeko
debe decir:
Bigarren mailako lanbide-heziketako titulua edo lanbide-heziketako baliokidea egiaztatzeagatik: 2 puntu titulu bakoitzeko
En Vitoria-Gasteiz, a 8 de abril de 2024.
El Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad,
JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.
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Historia normativa (2)
- Véase: RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2025, del Director de Recursos Humanos, por la que se eleva al Viceconsejero de Seguridad y a la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias la relación de personas seleccionadas para la formalización de los correspondientes contratos laborales en los procesos excepcionales de consolidación de empleo de puestos reservados a personal laboral de los servicios auxiliares de la Administración de Seguridad de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Corrección de errores: ORDEN de 5 de marzo de 2024, del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad, por la que se abre el plazo para presentar solicitudes en los procesos excepcionales de consolidación de empleo de determinados puestos reservados al personal laboral de los servicios auxiliares de la Administración de Seguridad de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en cumplimiento de lo dispuesto en la Orden de 16 de junio de 2023 (BOPV de 30-06-2023).