Normativa
ImprimirORDEN de 31 de marzo de 2023, del Consejero de Educación, por la que se extingue la autorización de apertura y funcionamiento concedida a la Escuela Infantil Municipal de Eskoriatza.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Educación
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 83
- Nº orden: 2069
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 31/03/2023
- Fecha de publicación: 04/05/2023
Ámbito temático
- Materia: Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa; Educación
- Submateria: Asuntos sociales; Ayuntamientos de la CAPV; Gobierno y Administración Pública
Texto legal
Examinado el expediente iniciado a instancia del Ayuntamiento de Eskoriatza, titular de la Escuela Infantil Municipal «Eskoriatza» de Eskoriatza (Gipuzkoa). En dicho expediente se solicita la caducidad de la autorización concedida a dicho centro por cese de actividades.
Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido y que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente, y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.
Vistos el Decreto 215/2004, de 16 de noviembre (BOPV de 19 de noviembre), por el que se establecen los requisitos mínimos de las Escuelas Infantiles para niños y niñas de 0 a 3 años, y se mantiene la vigencia de determinados artículos del Decreto por el que se regulan las Escuelas Infantiles para niños y niñas de cero a tres años en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante los cursos 2002-2003 y 2003-2004, el Decreto 297/2002, de 17 de diciembre (BOPV de 31 de diciembre), por el que se regulan las Escuelas Infantiles para niños y niñas de cero a tres años en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante los cursos 2002-2003 y 2003-2004, y demás legislación aplicable en la materia,
º de códigos: 013228 (CAV) y 20012924 (universal).
Denominación genérica: Escuela Infantil Municipal (EIMU).
Denominación específica: «Eskoriatza».
Titular: «Ayuntamiento de Eskoriatza».
Domicilio: C/ Aramburuzabala, 1.
Territorio Histórico: Gipuzkoa.
Municipio: Eskoriatza.
Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 31 de marzo de 2023.
El Consejero de Educación,
JOKIN BILDARRATZ SORRON.