Normativa
ImprimirORDEN de 28 de octubre de 2025, del consejero de Seguridad, de modificación de la Orden de 8 de septiembre de 2025, por la que se aprueba el baremo de méritos común y unitario para la provisión, mediante concurso de méritos, de las vacantes propias de las categorías de Agente y Agente 1.º/1.ª de la Escala Básica, de las categorías de Suboficial/a y Oficial/a de la Escala de Inspección, de la Ertzaintza.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Seguridad
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 216
- Nº orden: 4760
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 28/10/2025
- Fecha de publicación: 10/11/2025
Ámbito temático
- Materia: Seguridad y justicia; Organización administrativa
- Submateria: Interior; Función pública
Texto legal
Mediante Orden de 8 de septiembre de 2025, del consejero de Seguridad, se aprobó el baremo de méritos común y unitario para la provisión, mediante concurso de méritos, de las vacantes propias de las categorías de Agente y Agente 1.º/1.ª de la Escala Básica, de las categorías de Suboficial/a y Oficial/a de la Escala de Inspección, de la Ertzaintza (BOPV n.º 180, de 23 de septiembre).
En sesión de 21 de octubre de 2025 de la Mesa de negociación prevista en el artículo 125 del Texto Refundido de la Ley de Policía del País Vasco, y oído el Consejo de la Ertzaintza en sesión celebrada en la misma fecha, y conforme a la habilitación concedida por la Disposición Adicional Primera del Decreto 58/2023, de 4 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de los puestos de trabajo del personal funcionario de los cuerpos de policía del País Vasco, y de las competencias conferidas por el Decreto 318/2024, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Seguridad,
Añadir los apartados 4 y 5 al artículo 5 de la Orden de 8 de septiembre de 2025, del consejero de Seguridad, por la que se aprobó el baremo de méritos común y unitario para la provisión, mediante concurso de méritos, de las vacantes propias de las categorías de Agente y Agente 1.º/1.ª de la Escala Básica, de las categorías de Suboficial/a y Oficial/a de la Escala de Inspección, de la Ertzaintza, que quedan redactados del modo siguiente:
A efectos de la aplicación de lo dispuesto en los supuestos a) y c) del apartado 4 de este artículo, el tiempo desempeñado en puestos de trabajo con requisito de especialidad por parte de personal que no la tenga acreditada, se valorará como desempeñado en puestos de trabajo sin requisito de especialidad.
El tiempo desempeñado en comisión de servicios de funciones docentes, selectivas o de investigación en la Academia Vasca de Policía y Emergencias, se valorará como desempeñado en el puesto de trabajo de la estructura de la Ertzaintza en el que se haya estado adscrito durante la vigencia de aquella o en un puesto para el que cumpliera los requisitos de categoría y especialidad, en su caso.
En Vitoria-Gasteiz, a 28 de octubre de 2025.
El consejero de Seguridad,
BINGEN ZUPIRIA GOROSTIDI.