Normativa

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ORDEN de 22 de enero de 2026, de la consejera de Educación, por la que se autoriza la ampliación de especialidades a la Escuela de Música Pública «Bartolome Ertzilla», del municipio de Durango (Bizkaia).

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Educación
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 24
  • Nº orden: 531
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 22/01/2026
  • Fecha de publicación: 05/02/2026

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Educación
  • Submateria: Ayuntamientos de la CAPV

Texto legal

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Examinada la solicitud presentada por la «Organismo autónomo admtvo Escuela de música y Conservatorio de grado medio Bartolomé Ertzilla», entidad titular de la Escuela de Música Pública «Bartolome Ertzilla» del municipio de Durango (Bizkaia), de autorización para la ampliación de especialidades.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Vista la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el Decreto 64/2024, de 21 de mayo, de las escuelas de música y danza de la Comunidad Autónoma de Euskadi y demás legislación vigente aplicable en la materia,

  1. º de códigos: 014990 (CAPV) y 48009724 (universal).

    Denominación genérica: Escuela de Música Pública.

    Denominación específica: «Bartolome Ertzilla».

    Titular: «Organismo autónomo admtvo Escuela de música y Conservatorio de grado medio Bartolomé Ertzilla».

    Domicilio: Montevideo, 7.

    Municipio: Durango.

    Territorio Histórico: Bizkaia.

    Enseñanzas autorizadas:

    Niveles: 1, 2, 3 eta 4.

    Familias y especialidades:

    Especialidad de canto: canto, canto coral.

    Instrumentos de cuerda frotada: violín, viola, violonchelo, contrabajo.

    Instrumentos de viento madera: clarinete, flauta, oboe, saxofón.

    Instrumentos de viento metal: trompeta, trombón.

    Instrumentos de teclado: piano.

    Instrumentos de percusión: percusión.

    Instrumentos de cuerda pulsada: guitarra, bajo eléctrico.

    Instrumentos de raíz tradicional vasca: txistu.

    Tecnología musical: informática musical.

    Especialidad del nivel 1: educación musical temprana.

    Otros instrumentos y talleres (nivel 2): taller de composición, taller de charlas musicales, taller de música para mayores de 65 años.

El otorgamiento de la autorización contenida en la presente Orden no implica, en modo alguno, la obtención de ayudas a través de convocatorias de subvenciones.

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la consejera de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 22 de enero de 2026.

La consejera de Educación,

MARÍA BEGOÑA PEDROSA LOBATO.

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