Normativa
ImprimirORDEN de 19 de junio de 2026, de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se adjudican los puestos de trabajo convocados mediante Orden de 15 de septiembre de 2025, por la que se convocan concursos generales para la provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y mediante Orden de 18 de noviembre de 2025, por la que se convocan concursos generales para la provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de los cuerpos y de las escalas de la Administración penitenciaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 120
- Nº orden: 2858
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 19/06/2026
- Fecha de publicación: 26/06/2026
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa
- Submateria: Función pública
Texto legal
Mediante Orden de 15 de septiembre de 2025 (BOPV, 29 de septiembre), se convocó concurso general para la provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Mediante Orden de 18 de noviembre de 2025 (BOPV, 25 de noviembre), se convocaron concursos generales para la provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de los cuerpos y de las escalas de la Administración penitenciaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Mediante Resoluciones de la directora de Empleo Público de 5 de junio de 2026 y 17 de junio de 2026, se acordó elevar a la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno la propuesta definitiva de adjudicación de puestos del concurso general para la provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de carrera de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus organismos autónomos de la escala administrativa, de la escala auxiliar administrativa y de la agrupación profesional de personal de apoyo, del cuerpo de ayudantes técnicos, del cuerpo superior de administración, del cuerpo superior facultativo, del cuerpo de gestión administrativa y del cuerpo técnico, de complemento específico III-B, III-C, IV-A, IV-B Y IV-C y de las escalas del cuerpo superior facultativo y del cuerpo técnico de la administración penitenciaria, de complemento específico III-B, IIIC, IV-A, IV-B Y IV-C.
Por todo lo anterior, en virtud de la competencia atribuida en el artículo 18.2. t) de la Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco, y el artículo 3 del Decreto 317/2024, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno,
Quien no tome posesión en la fecha establecida, se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular como personal funcionario de carrera, y será declarado en dicha situación por la Dirección de Empleo Público del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, salvo causas de fuerza mayor.
Las personas adjudicatarias perderán la titularidad, en su caso, del puesto anterior. Asimismo, se darán por finalizadas las comisiones de servicios que vinieran disfrutando.
Las personas adjudicatarias en una escala diferente a aquella en la que se encuentran en servicio activo o en otra situación administrativa con reserva de plaza, serán declaradas de oficio y de forma simultánea, en la situación de excedencia por prestar servicios en otro cuerpo y escala de la administración.
Las personas adjudicatarias que concursan desde una situación administrativa distinta al servicio activo y sin reserva de plaza, reingresarán al servicio activo en la fecha de toma de posesión y se incorporarán al puesto adjudicado.
Las personas adjudicatarias que concursan desde una situación administrativa distinta al servicio activo y con reserva de plaza, tomarán posesión del puesto adjudicado, adquirirán su titularidad y se mantendrán en la misma situación administrativa.
Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 19 de junio de 2026.
La consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno,
MARÍA UBARRECHENA CID.
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Contenidos relacionados.
Historia normativa (2)
- Véase: ORDEN de 18 de noviembre de 2025, de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se convocan concursos generales para la provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de los cuerpos y de las escalas de la Administración Penitenciaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se aprueban sus bases específicas.
- Véase: ORDEN de 15 de septiembre de 2025, de la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se convocan concursos generales para la provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se aprueban sus bases específicas.