Normativa

Imprimir

ORDEN de 12 de enero de 2023, del Consejero de Educación, de modificación de la Orden de 15 de junio de 2020, por la que se establecen tres programas de especialización profesional.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Educación
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 21
  • Nº orden: 507
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 12/01/2023
  • Fecha de publicación: 31/01/2023

Texto legal

La Orden de 15 de junio de 2020, de la Consejera de Educación (BOPV n.º. 141, de 20 de julio de 2020), tiene por objeto establecer la estructura de tres programas de especialización profesional que se incorporan en los anexos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 ter del Decreto 32/2008, de 26 de febrero, por el que se establece la ordenación general de la Formación Profesional del Sistema Educativo en el País Vasco.

Estos programas están dirigidos a satisfacer las necesidades de especial cualificación demandadas por diversos sectores productivos estratégicos del País Vasco, de modo que se permita mejorar su competitividad.

Así mismo, estos programas permitirán mejorar la empleabilidad de las personas que estudian formación profesional, así como de los titulados y las tituladas y de los y las profesionales cualificados y cualificadas, posibilitando profundizar en los conocimientos y ampliar las competencias profesionales requeridas por determinados sectores productivos.

La demanda de trabajadoras y trabajadores con una formación y competencias que se ajusten al entorno competitivo actual exige romper con esquemas anteriores y evolucionar desde un modelo formativo orientado al «puesto de trabajo» hacia otro centrado en el «campo profesional». Un cambio de paradigma que coloca a la persona en el centro promoviendo la adquisición o consolidación de competencias técnicas, personales y sociales, que garanticen la polivalencia y funcionalidad necesarias.

Ello hace que uno de los programas de especialización para los que se define su estructura y que se anexan a la Orden mencionada, el que se establece en el Anexo II denominado Productos frescos en el sector retail, se vea modificado en lo referente a las titulaciones asociadas al programa ya en vigor.

Por lo expuesto, en virtud de las facultades conferidas por la legislación vigente,

Se modifica el apartado d) del Anexo II «Programa de especialización en productos frescos en el sector retail» de la Orden de 15 de junio de 2020 por la que se establecen tres programas de especialización profesional, cuyo contenido queda sustituido por el siguiente:

Técnico o Técnica en Cocina y Gastronomía.

Técnico en Comercialización de Productos Alimentarios.

Técnico en Panadería, Repostería y Confitería.

Técnico en Actividades Comerciales.

Asimismo, de manera excepcional y previa autorización de la Viceconsejería de Formación Profesional, también podrán participar en estos programas de especialización, personas con más de 3 años de experiencia profesional que sean propuestas para ello por las empresas colaboradoras en la impartición del programa.

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 12 de enero de 2023.

El Consejero de Educación,

JOKIN BILDARRATZ SORRON.

Contenidos relacionados.


Competencias y transferencias

No existe ningún contenido relacionado.

Documentación de relevancia jurídica

No existe ningún contenido relacionado.