Normativa

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ORDEN de 11 de febrero de 2022, del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad, por la que se dispone la desactivación formal del Plan de Protección Civil de Euskadi-Larrialdiei Aurregiteko Bidea (Labi), activado el 2 de diciembre de 2021 para hacer frente a la nueva fase de la pandemia por COVID-19.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Seguridad
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 31
  • Nº orden: 732
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 11/02/2022
  • Fecha de publicación: 12/02/2022

Ámbito temático

  • Materia: Actividades Económicas; Medio natural y vivienda; Seguridad y justicia; Sanidad y consumo
  • Submateria: Industria; Urbanismo y vivienda; Interior

Texto legal

Mediante Orden de 2 de diciembre de 2021, la Consejera de Salud solicitó al Lehendakari la declaración de la situación de emergencia sanitaria a tenor de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 2/2021, de 24 de junio, de medidas para la gestión de la pandemia de COVID-19 y, así mismo, solicitó al Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad la activación del Plan de Protección Civil de Euskadi, Larrialdiei Aurregiteko Bidea (Labi).

El Lehendakari declaró la situación de emergencia sanitaria en Euskadi, derivada de la pandemia de COVID-19, mediante el Decreto 44/2021, de 2 de diciembre. Esta declaración permitió la adopción de medidas y la adecuación del conjunto de recursos públicos involucrados en la lucha contra la pandemia, entre los que se incluye la activación del Plan de Protección Civil de Euskadi, Larrialdiei Aurregiteko Bidea (Labi).

Mediante Orden de 2 de diciembre de 2021, el Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad, procedió a la activación formal del Plan de Protección Civil de Euskadi, Larrialdiei Aurregiteko Bidea (Labi), para hacer frente a la nueva fase de la pandemia por COVID-19.

Conforme a lo establecido en el artículo 4.2 de la Ley 2/2021, de 24 de junio, de medidas para la gestión de la pandemia de COVID-19, «Mientras dure la situación de emergencia sanitaria, el Lehendakari, sin perjuicio de las facultades que le correspondan como autoridad delegada en virtud, en su caso, de la declaración del estado de alarma, asumirá también la dirección única y coordinación de las actividades de la emergencia contempladas en la presente ley y aquellas previstas ante la situación generada por la alerta sanitaria derivada de la propagación de la COVID-19 en el Plan de Protección Civil de Euskadi-Labi».

El Lehendakari ha dictado el Decreto 5/2022, de 11 de febrero, por el que se declara la finalización en Euskadi de la situación de emergencia sanitaria derivada de la pandemia de COVID-19.

Una vez finalizada la situación de emergencia sanitaria, procede igualmente desactivar el Plan de Protección Civil de Euskadi-Larrialdiei Aurregiteko Bidea (Labi).

En su virtud, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 11.h) del texto refundido de la Ley de Gestión de Emergencias del País Vasco, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2017, de 27 de abril,