Normativa
ImprimirORDEN de 10 de mayo de 2024, del Consejero de Educación, por la que se autoriza el cambio de titularidad del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «San José-Jesuitak» de Durango (Bizkaia).
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Educación
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 107
- Nº orden: 2674
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 10/05/2024
- Fecha de publicación: 03/06/2024
Ámbito temático
- Materia: Educación
- Submateria: ---
Texto legal
Examinado el expediente incoado a instancias de la entidad «Colegio San José Provincia de España Compañía de Jesús» (Padres Jesuitas) titular del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «San José-Jesuitak» de Durango (Bizkaia), de autorización para el cambio de titularidad de dicho centro.
Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.
Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación, el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero, y demás legislación vigente aplicable en la materia,
Códigos del centro: 014729 (CAPV) y 48004155 (universal).
Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.
Denominación específica: «San José-Jesuitak».
Titular: «Fundación Educativa Jesuitas Norte».
Domicilio: Kurutziaga, 1.
Municipio: Durango.
Territorio Histórico: Bizkaia.
Enseñanzas autorizadas:
Educación Infantil 1er Ciclo: 12 unidades con la siguiente capacidad:
3 unidades para niños y niñas de 0-1 años, con capacidad, cada una de ellas, para 8 puestos escolares.
5 unidades para niños y niñas de 1-2 años, con capacidad, cada una de ellas, para 13 puestos escolares.
4 unidades para niños y niñas de 2-3 años, con capacidad, cada una de ellas, para 18 puestos escolares.
Educación Infantil 2.º Ciclo: 9 unidades con capacidad para 225 puestos escolares.
Educación Primaria: 18 unidades con capacidad para 450 puestos escolares.
Educación Secundaria Obligatoria: 14 unidades con capacidad para 420 puestos escolares.
Bachillerato: Modalidades de Ciencias y Tecnología y Humanidades y Ciencias Sociales, 8 unidades con capacidad para 280 puestos escolares.
Educación especial: 3 aulas abiertas.
El otorgamiento de la autorización contenida en la presente Orden no implica, en modo alguno, la obtención de ayudas a través del régimen de conciertos educativos o de convocatorias de subvenciones.
Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 10 de mayo de 2024.
El Consejero de Educación,
JOKIN BILDARRATZ SORRON.