Normativa

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CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 27 de abril de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se regulan y convocan, para el ejercicio 2022, ayudas reintegrables destinadas a impulsar la creación y desarrollo de Pymes de base tecnológica y/o innovadoras. Programa Gauzatu Industria.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 93
  • Nº orden: 2075
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 27/04/2022
  • Fecha de publicación: 16/05/2022

Ámbito temático

  • Materia: Actividades Económicas; Organización administrativa; Economía y Hacienda
  • Submateria: Industria; Gobierno y Administración Pública; Economía

Texto legal

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en la Orden de 27 de abril de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se regulan y convocan, para el ejercicio 2022, ayudas reintegrables destinadas a impulsar la creación y desarrollo de Pymes de base tecnológica y/o innovadoras. Programa Gauzatu Industria, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 88, de 9 de mayo de 2022, se procede a su corrección.

En la página 2022/1956 (4/22) y 2022/1956 (5/22),

donde dice:

  1. Operar en sectores industriales de alta tecnología (según criterio INE), priorizándose Energía, Fabricación Avanzada y BiocienciasSalud, según lo dispuesto en el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2020/Estrategia de Especialización Inteligente (RIS3). Se tendrá en cuenta el sector en que opera la empresa y aquellos sectores (clientela y proveedores) con los que se relaciona..

Debe decir:

  1. Operar en sectores industriales de alta tecnología (según criterio INE), priorizándose Energías más limpias, Industria Inteligente y Salud Personalizada, según lo dispuesto en el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030/Estrategia de Especialización Inteligente (RIS3). Se tendrá en cuenta el sector en que opera la empresa y aquellos sectores (clientela y proveedores) con los que se relaciona..

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