La mayoría de las personas con diversidad funcional tienen capacidad para desarrollar una vida laboral siempre que los entornos laborales doten a sus puestos de trabajo de medios de accesibilidad. Existen argumentos legales y medidas preventivas que respaldan la integración laboral de estas personas pese a que la mayor parte de la normativa vigente aún las denomina con términos anticuados: discapacitadas, dependientes o disminuidas.
La revista ‘Seguridad y Salud en el Trabajo’ del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, (INSST), ha publicado recientemente el artículo “Acondicionamiento de los lugares y puestos de trabajo para personas con diversidad funcional”, obra de María Sánchez Fuentes, técnica del Centro Nacional de Nuevas Tecnologías.
En 2018, sólo el 34,5% de la población española en edad laboral con algún grado de discapacidad reconocido oficialmente estaba activo laboralmente. Esta tasa de actividad era 43,1 puntos inferior a la de la población sin discapacidad, según expone la autora de acuerdo con lo datos del estudio realizado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) “El empleo de las personas con discapacidad”. La tasa de empleo de las personas con discapacidad era del 25,8%, (65,9% en las personas sin discapacidad); mientras que la de paro era del 25,2%, 10,1 puntos superior.
Para atenuar esas diferencias y aproximarse “a la inclusión laboral en igualdad de condiciones”, la autora pone de relieve el valor jurídico del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. En concreto, destaca que esa disposición legal aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, “situación que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias previsiblemente permanentes y cualquier tipo de barreras que limiten o impidan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”.
También apunta el valor del artículo 15 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), que alude al deber general del empresario de adaptar los puestos a las personas trabajadoras.
Para prevenir riesgos laborales con diversidad funcional, la autora recomienda el seguimiento de las medidas contempladas por la Nota Técnica de Prevención (NTP) nº 1004 del INSST: ‘Diseño de puestos ocupados por personas con discapacidad: adaptación y accesibilidad’.
Asimismo, recuerda las obligaciones en la materia que exige al empresario la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, entre otras: elaborar de un plan de prevención basado en la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva, informar de sus resultados a las personas trabajadoras, garantizar que éstas puedan participar en la política de prevención y que reciban formación teórica y práctica, tener en cuenta las particularidades de toda la plantilla a la hora de determinar medidas en situaciones de emergencia y elaborar planes de acogida para facilitar la integración de las personas con diversidad funcional.
Medidas preventivas
El establecimiento de medidas preventivas debe realizarse en función de la evaluación de riesgos específica del puesto de trabajo, que a su vez debe tener en cuenta las tareas realizadas y las características personales. Los dos grandes ámbitos de medidas preventivas que recoge la autora son la eliminación de barreras para lograr la accesibilidad universal y a la adaptación del puesto de trabajo.
En relación con el concepto de accesibilidad, destaca que es multidisciplinar y que contempla que las actividades básicas de las personas, (desplazarse, comunicarse, alcanzar, entender o manipular, entre otras), puedan ser desarrolladas por cualquier usuario sin que se encuentre con ningún tipo de barrera. Apunta que un entorno puede considerarse accesible si permite que se ejecuten, sin ayuda exterior, las acciones que configuran los “Requisitos DALCO”, definidos y detallados en la norma UNE 170001-1:2007.
En cuanto a la adaptación del puesto de trabajo a personas con necesidades especiales, la autora recoge algunas de las soluciones que se emplean más frecuentemente:
- Intervención sobre el entorno de trabajo. Desde el propio diseño del edificio, se deberían eliminar las barreras arquitectónicas
- Intervención sobre la organización del trabajo. Una medida eficaz de este tipo puede ser ubicar a la persona trabajadora en una zona de fácil acceso, para posibilitar tanto su incorporación al trabajo diario como la evacuación en caso de emergencia.
- Intervención sobre el puesto de trabajo. Al realizar el estudio detallado de cada puesto de trabajo pueden detectarse cambios que, sin tener efectos negativos para la persona trabajadora, conseguirían que la tarea pudiera desempeñarse de forma eficaz.
