Vivienda celebra la sentencia del TSJPV que condena el sobreprecio encubierto en la venta de VPO

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  • El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco confirma la sanción de 45.000 euros a una inmobiliaria por imponer la compra de muebles como condición para la venta de viviendas protegidas
  • La resolución ratifica que la función social de la vivienda y el control de precios legales prevalecen sobre la autonomía contractual
  • El consejero Denis Itxaso ha asegurado que “perseguiremos con la fuerza de la ley todo uso especulativo de una VPO, un bien público que se financió con el dinero de todos los contribuyentes”

El Departamento de Vivienda y Agenda Urbana del Gobierno Vasco celebra la reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) que desestima el recurso de apelación de una agencia inmobiliaria, confirmando la legalidad de la sanción impuesta por el Ejecutivo autonómico tras detectarse prácticas fraudulentas en la comercialización de Viviendas de Protección Oficial (VPO). En este contexto, el consejero del ramo Denis Itxaso ha subrayado que “las dinámicas especulativas son las que más dañan el mercado residencial y el mercado de la vivienda”, y ha defendido que “el Gobierno aboga por un mercado más sano, donde lo especulativo no presida las compraventas de las viviendas”.

La sentencia número 81/2026 ratifica que condicionar la compraventa de una vivienda protegida a la adquisición obligatoria de mobiliario constituye un sobreprecio encubierto. Según los hechos probados, la inmobiliaria exigía el pago íntegro de contratos de muebles como condición indispensable para elevar a escritura pública la venta del inmueble. Además, se detectó que el inventario de supuestos muebles incluía de forma injustificada elementos que forman parte de la propia estructura de la vivienda, tales como la bañera, el lavabo, el bidé o el inodoro.

El consejero ha recordado que, si bien el mercado libre opera bajo sus propias reglas, “asumiendo que esas son las reglas del mercado libre de la vivienda, lo que no podemos admitir es que eso suceda con el mercado protegido, que precisamente está pensado para amortiguar los efectos negativos de las dinámicas especulativas del mercado libre de la vivienda”.

El fallo judicial es claro: la libertad de pactos entre particulares tiene un límite infranqueable en la normativa de vivienda protegida. La sentencia ratifica la prevalencia de la legalidad vigente, subrayando que el artículo 26 de la Ley de Vivienda Vasca prohíbe taxativamente cualquier sobreprecio o percepción de cuantías que alteren el precio máximo permitido en la transmisión de viviendas protegidas. En este sentido, Itxaso ha sido tajante al afirmar que “en ningún caso podemos aceptar que con vivienda protegida se haga negocio”.

El tribunal enfatiza la responsabilidad de los mediadores inmobiliarios, señalando que estas agencias tienen la obligación de conocer y respetar los límites administrativos, por lo que no pueden eludir su responsabilidad sancionadora bajo el pretexto de una supuesta "autonomía contractual" para encubrir incrementos de precio. Finalmente, se destaca que este tipo de prácticas suponen un ataque directo a la función social de la vivienda, ya que vender con sobreprecio es contrario al objetivo de garantizar el acceso habitacional a quienes más lo necesitan, provocando un grave quebranto a los intereses públicos y una legítima alarma social.

Firmeza en el control del parque público

El Departamento de Vivienda y Agenda Urbana comparte que la sanción de 45.000 euros se ajusta al principio de proporcionalidad, considerando que la inmobiliaria actuó con un modus operandi que generaba una alarma social innecesaria y un beneficio ilícito a costa de los compradores. En palabras de Itxaso, “vamos a seguir actuando con todas las acciones legales a nuestro alcance para perseguir acciones fraudulentas que empleen la vivienda protegida para generar plusvalías y enriquecimientos ilícitos a personas que fueron en su día agraciadas con una vivienda protegida con todo lo que eso supone”.

Asimismo, ha añadido que quienes accedieron a una VPO “fueron agraciadas con un bien público que costó dinero público y que se financió con el dinero de todos los contribuyentes”, por lo que “cualquier uso especulativo de esa infraestructura pública de vivienda para recalentar el mercado y para contribuir a que se produzcan esas plusvalías, lo perseguiremos con la fuerza de la ley”.

Con esta resolución, se envía un mensaje de firmeza a todos los operadores del sector: el Gobierno Vasco no tolerará prácticas que desvirtúen el régimen legal de las VPO. Esta sentencia sienta un precedente jurídico fundamental para la defensa de los derechos de los ciudadanos y la integridad de las políticas públicas de vivienda.

 

 

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