El Consejo de Gobierno ha aprobado, hoy, la convocatoria de subvenciones destinada a los museos y colecciones inscritos en el Registro de Museos y Colecciones de Euskadi. Así, el Gobierno Vasco destinará una partida de 1.000.000 euros, para financiar las siguientes actuaciones:
- Catalogación, documentación e investigación de los fondos que componen la colección. Dos categorías:
- Inventario y catalogación de los fondos materiales e inmateriales que componen las colecciones museográficas, en soporte digital, utilizando con carácter general el sistema de información EMSIME. El resultado de dicha labor debe ser susceptible de posterior agregación en los recolectores «Euskariana» y «Europeana», Portal de acceso en línea al Patrimonio Cultural Europeo.
- Generar conocimiento relacionado con los fondos que componen la colección, su temática y ámbito de actuación.
- Digitalización y accesibilidad de las colecciones museográficas
- Renovar la exposición permanente, organizar exposiciones temporales, y diseñar y ofrecer actividades didácticas y de difusión cultural
- Conservación y puesta en valor de los fondos que componen las colecciones museográficas
- Mejorar e impulsar la innovación y la accesibilidad en la gestión del museo.
Podrán solicitar la concesión de las subvenciones reguladas en la presente Orden las personas físicas y jurídicas, titulares de museos o colecciones inscritos en el Registro de Museos y Colecciones de Euskadi en la fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco, con exclusión de:
a) Museos o colecciones de titularidad foral.
b) Fundaciones en cuyos órganos de gobierno participe el Departamento de Cultura y Política Lingüística del Gobierno Vasco.
c) Entidades mercantiles en cuyo capital participe la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
d) Entidades titulares de museos y colecciones destinatarios de subvenciones nominativas con la misma finalidad consignadas en los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el año 2025, en las partidas de gasto correspondientes al Departamento de Cultura y Política Lingüística.
e) Las entidades en las que la participación mayoritaria en su capital social, patrimonio fundacional o en sus órganos de gobierno, administración o dirección corresponda a Fundaciones bancarias o a entidades financieras o de crédito.
Las actividades subvencionadas deberán iniciarse y finalizar este 2026. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la publicación de la orden en el Boletín Oficial del Pais Vasco.
Más información en el portal Irekia (Se abrirá en nueva ventana)