El Consejo de Gobierno aprueba la convocatoria 2026 de subvenciones para programas y actividades dirigidas a la juventud (Consejo de Gobierno 17-02-2026)

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  • La línea cuenta con una dotación total de 900.000 euros, de los que 450.000 euros corresponden a crédito de pago para 2026 y 450.000 euros a crédito de compromiso para 2027.
  • Entre los proyectos subvencionables se encuentran programas anuales orientados a mejorar la calidad de vida, iniciativas para el impulso de la educación en el Tiempo Libre o cursos de animación sociocultural, entre otros.
  • Las solicitudes se podrán presentar por vía electrónica en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la Orden en el BOPV, junto con la documentación requerida.

El Consejo de Gobierno ha dado el visto bueno a la Orden de la Consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico por la que se convocan y regulan las subvenciones destinadas a personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas y actividades en el ámbito de la juventud durante 2026.

La convocatoria cuenta con una dotación total de 900.000 euros, de los que 450.000 euros corresponden a crédito de pago para 2026 y 450.000 euros a crédito de compromiso para 2027.

 

Proyectos subvencionables y personas destinatarias

La Orden contempla, entre otros, los siguientes tipos de proyectos:

Programas anuales de actividades de ámbito supraterritorial orientados a mejorar la calidad de vida de la juventud de la CAPV.

Iniciativas de innovación, sensibilización, cooperación y trabajo en red en el marco de la Estrategia Vasca 2030 para el Impulso de la Educación en el Tiempo Libre.

Cursos de animación sociocultural organizados por escuelas de titularidad de entidades sin ánimo de lucro reconocidas en Euskadi (hasta 500 € por alumna o alumno).

Actividades concretas no incluidas en programaciones anuales, con objetivos innovadores o impacto social.

Las actividades se dirigen a jóvenes de 12 a 30 años. Se considerarán de ámbito supraterritorial aquellas destinadas de forma clara a personas de más de un Territorio Histórico, cumpliéndose ese carácter en planificación, ejecución y evaluación.

 

Entidades beneficiarias y cómo solicitar

Podrán ser beneficiarias entidades privadas sin ánimo de lucro con domicilio en la Comunidad Autónoma Vasca, legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, y al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y de reintegros.

Las solicitudes se podrán presentar por vía electrónica en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la Orden en el BOPV, junto con la documentación requerida (memoria del proyecto, presupuesto, acreditaciones, etc.).

 

Concurrencia competitiva y criterios de valoración

Las subvenciones se concederán mediante concurrencia competitiva. Para poder acceder a la ayuda será necesario alcanzar al menos 40 puntos. Entre los criterios de valoración se incluyen, entre otros, la proporción de ingresos propios (mínimo 20%), el alcance territorial, la idoneidad y calidad del proyecto, el uso del euskera, el enfoque de género y el impacto previsto.

 

Principales novedades respecto a 2025

La convocatoria de 2026 se adapta al régimen previsto en la Ley 20/2023, Reguladora del Régimen de Subvenciones, y aumenta la dotación de 800.000 a 900.000 euros para atender el incremento de solicitudes y evitar reducir la asignación a las entidades beneficiarias.

Tras la aprobación, la consejera Nerea Melgosa ha querido subrayar la importancia de los programas que en el ámbito del tiempo libre se llevan a cabo en Euskadi manifestando que “son una herramienta clave para el crecimiento personal y la socialización de las y los jóvenes de Euskadi” y que constituyen “espacios donde se construyen vínculos, se refuerza el sentido de pertenencia y se fomentan valores comunitarios como la cooperación, la convivencia y el respeto”.

 

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