Premios Gure Artea para la promoción de las artes plásticas y visuales (2026)
Es objeto de la presente Orden regular y convocar los Premios Gure Artea para el fomento de las artes plásticas y visuales, en sus tres modalidades:
a) Premio reconocimiento a la trayectoria artística: reconoce al o la artista que ha destacado por su labor creativa y por su aportación a la cultura y arte contemporáneos considerando la totalidad de su obra y trayectoria.
b) Premio reconocimiento a la actividad creativa: reconoce al o la artista o al colectivo de artistas que destaquen por su actividad artística y creativa y contribución a la creación contemporánea durante los últimos años.
c) Premio reconocimiento a la actividad realizada por los diferentes agentes en el ámbito de las artes plásticas y visuales: reconoce a aquellas personas que destaquen por su aportación a las artes plásticas y visuales de la Comunidad Autónoma del País Vasco en el desarrollo de actividades de fomento de las mismas en todas o en alguna de las fases de la cadena de valor de la cultura: investigación, formación, creación-producción, promoción-difusión y distribución. Se podrá considerar tanto la totalidad de la trayectoria, como programas o proyectos concretos realizados durante los últimos años.
Se concederán un total de tres premios, uno por cada modalidad.
No se podrá obtener más de un premio por convocatoria.
Recursos y dotación económica de los premios
Se destina al objeto de la presente Orden la cantidad de 80.000 euros con cargo a la partida presupuestaria establecida al efecto en los Presupuestos Generales de la CAE para el año 2026, siendo la dotación económica de cada uno de ellos:
a) Premio reconocimiento a la trayectoria artística: 30.000 euros.
b) Premio reconocimiento a la actividad creativa: 25.000 euros.
c) Premio reconocimiento a la actividad realizada por los diferentes agentes en el ámbito de las artes plásticas y visuales: 25.000 euros.
Gestión de la convocatoria
La gestión de la presente convocatoria corresponderá a la Dirección de Promoción Cultural e Industrias Culturales y Creativas del Departamento de Cultura y Política Lingüística del Gobierno Vasco.
Requisitos
Podrán ser candidatas a los Premios Gure Artea en las modalidades a) premio reconocimiento a la trayectoria artística y b) premio reconocimiento a la actividad creativa, todas aquellas personas físicas que hayan nacido o cuenten con residencia administrativa en la Comunidad Autónoma Vasca o la hayan tenido durante un período de tiempo superior a 10 años.
Podrán ser candidatas a los Premios Gure Artea en la modalidad c) premio reconocimiento a la actividad realizada por los diferentes agentes en el ámbito de las artes plásticas y visuales, las personas físicas y jurídicas, públicas y privadas.
Las personas candidatas deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como en las relativas al reintegro de subvenciones, con arreglo a lo dispuesto en la Orden de 13 de febrero de 2023, del Consejero de Economía y Hacienda, sobre acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de las relativas al reintegro de subvenciones, en el marco de las ayudas que se otorguen con cargo a los Presupuestos Generales de Euskadi.
Las personas premiadas no deberán estar sancionadas administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o hallarse incursas en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres. Es decir, no se podrá conceder el premio a ninguna actividad que sea discriminatoria por razón de sexo, ni tampoco a aquellas personas físicas y jurídicas que hayan sido sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo o por incumplimiento de la normativa en materia de igualdad de mujeres y hombres, durante el período impuesto en la correspondiente sanción. Tampoco podrán recibir el premio las empresas que, debiendo tener un plan de igualdad vigente según la normativa del Estado, no lo tengan, ni aquellas empresas de más de 50 personas trabajadoras que no acrediten haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual o acoso por razón de sexo en los términos establecidos por la legislación del Estado en materia de igualdad de mujeres y hombres.
En breve
- Plazo Del 16 de Junio de 2026 al 15 de Julio de 2026
- EntidadGobierno Vasco
- SecciónDepartamento de Cultura y Política Lingüística
- Tipo de convocatoriaPremios y concursos
- SectorArtes visuales
- ActividadPromoción y difusión
- Convocatoria BASES
Esta ficha tiene una finalidad exclusivamente informativa y no puede ser considerada, en ningún caso, sustitutiva del texto legal vigente. Kulturklik se reserva el derecho de actualización y de rectificación, sin asumir al respecto ninguna responsabilidad.


