Subvenciones de 2025 para la promoción de la lectura y las letras españolas
Beneficiarios:
Podrán solicitar estas subvenciones las siguientes entidades:
Fundaciones privadas, asociaciones y organizaciones no gubernamentales (instituciones sin fines de lucro) no pertenecientes al sector público, legalmente constituidas e inscritas en el registro público correspondiente, de nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, con residencia fiscal en España.
Empresas privadas, ya sean personas jurídicas o físicas (autónomos), con residencia fiscal en España cuyo objeto social y/ o actividad, único o entre otros, sea la realización de actividades culturales.
Ayuntamientos.
Todas las entidades mencionadas en el punto 1 deberán acreditar haber realizado actividades de promoción de la lectura y las letras españolas con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo en el caso de que presenten proyectos con una trayectoria superior a dos años promovidos con anterioridad por otras entidades.
Finalidad:
Actividades de fomento de la lectura y las letras españolas entre el público general, entre la población infantil y juvenil, acciones que promuevan la igualdad de oportunidades en el acceso al libro por grupos de población con dificultades, actividades literarias y seminarios, acciones de promoción de la lectura en zonas rurales y/o despobladas, entre otros.
Más información:
- Plazo Del 19 de Diciembre de 2024 al 29 de Enero de 2025
- EntidadMinisterio de Cultura
- Tipo de convocatoriaSubvenciones y ayudas
- SectorLiteratura
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