Ayudas COVID-19 dirigidas a profesionales privados de la exhibición cinematográfica 2022
- Fecha4 de Mayo
- Temática Audiovisual
Plazo: 05/05/2022-06/06/2022
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Descripción
Objeto
Establecer las bases y convocar las subvenciones destinadas a profesionales privados de la exhibición cinematográfica y de la gestión de salas de música en vivo y promoción musical en vivo, que debido a la reducción de ingresos derivada de la crisis provocada por la pandemia del COVID-19, hayan visto la continuidad de su actividad profesional comprometida para el año 2022.
Las ayudas previstas en esta modalidad van dirigidas a las personas autónomas, empresas y entidades profesionales privadas de la exhibición cinematográfica de cine europeo y/o latinoamericano que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Dotación presupuestaria
500.000
Prestación económica
Las ayudas contempladas en la presente Orden se materializarán a través de subvenciones no reintegrables.
Para el cálculo de la subvención, se tomará como referencia la diferencia de facturación entre los ejercicios 2019 y 2021, admitiéndose sólo aquellas solicitudes que demuestren una minoración de ingresos en facturación igual o superior al 20%. En el caso de entidades que hayan iniciado su actividad entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2020 se tomará como referencia la facturación entre los ejercicios 2020 y 2021.
La cuantía máxima de la ayuda a conceder a la persona o entidad beneficiaria será de hasta el 70% de la diferencia de facturación. Así, las personas, empresas o entidades que gestionen hasta 2 pantallas, recibirán un máximo de 10.000 euros, pudiendo ser este máximo incrementado en 5.000 euros por cada pantalla añadida gestionada. En todo caso, la cantidad a recibir nunca será superior a 100.000 euros por beneficiaria.
Forma de pago:
El abono de la subvención a las personas o entidades beneficiarias se realizará mediante pago único tras la aceptación de la misma una vez notificada la resolución de concesión. Se entenderá también como aceptada la subvención si en el plazo de diez días tras la notificación la persona o entidad interesada no la rechaza expresamente.


