Aprobados los  Proyectos de Ley de Conservación del Patrimonio Natural y de Administración Ambiental (Consejo de Gobierno 23-07-2019)

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El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy, a propuesta del consejero  de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, Iñaki Arriola, los proyectos de la Ley de Conservación del Patrimonio Natural y de la Ley de Administración Ambiental. 

El proyecto de Ley de Conservación del Patrimonio Natural revisa la distribución competencial y la gobernanza en materia de conservación de la naturaleza, regula la actuación de las administraciones públicas —Gobierno vasco, órganos forales y entes locales— y establece los mecanismos de cooperación para el correcto entendimiento de las mismas.

El proyecto desarrolla los instrumentos generales de conocimiento, planificación y protección del patrimonio natural, y recoge la necesidad de volcar toda la información en esta materia en el Sistema de Información de la Naturaleza de Euskadi. 

También se establece la Estrategia Vasca a seguir en los siguientes ocho años, marcando una dirección compartida a los objetivos y acciones de las diferentes administraciones a largo plazo; y se modifica el procedimiento de tramitación y aprobación de los Decretos y Órdenes que en materia de patrimonio natural aprueba el Gobierno Vasco, como los Planes de Ordenación de Recursos Naturales (en adelante PORN). Así mismo, el proyecto revisa con criterios internacionales los espacios naturales protegidos, distinguiendo los de regulación estatal y autonómica, los incluidos en la Red Natura 2000 y los que los son por aplicación de instrumentos internacionales (RAMSAR, Unesco, etc.).

Garantiza la conservación de la biodiversidad, protegiendo las especies silvestres de flora y fauna y sus hábitats y estableciendo regímenes específicos de protección para aquellas cuya situación así lo requiera. Y crea  medidas de fomento y económico-financieras para la protección del patrimonio natural, y de promoción del desarrollo socioeconómico de las poblaciones de zonas protegidas mediante programas de desarrollo, el régimen indemnizatorio, la custodia del terreno o los convenios con propietarios privados.

Administración ambiental 

Por su parte, el proyecto de Ley de Administración Ambiental ordena, en base a criterios de simplificación administrativa, el conjunto de los procedimientos de intervención administrativa ambiental. La norma regula las autorizaciones ambientales que deben disponer las empresas y, en general, cualquier actividad que suponga un impacto, así como los procedimientos de inspección y sanción.

Se trata de una ley compleja, de 118 artículos, diez disposiciones y 12 anexos, elaborada siguiendo el concepto de “normativa inteligente” enunciado por la Comisión Europea, para que las normas refuercen el papel de la ciudadanía, analicen su repercusión en la vida socioeconómica en general y tiendan a la simplificación administrativa, unificando procedimientos y suprimiendo trámites innecesarios.

Clarifica y simplifica los distintos procedimientos de evaluación ambiental de planes, proyectos y programas, reduciendo los plazos establecidos sin merma de la trasparencia y de las garantías, mediante la utilización del nuevo sistema de tramitación electrónica INGURUNET.

Además, se establece por primera vez en todo el ámbito estatal, que en las obras públicas un 40% como mínimo de los materiales empleados deberán proceder de la valorización y reciclado de residuos. También se apuesta por la fiscalidad ecológica, determinando la posibilidad de que las recaudaciones obtenidas integren una partida en sus presupuestos anuales específicamente destinada a abordar actuaciones vinculadas a la protección del medio ambiente.

En el marco del control y sanción se establece la prohibición de las personas físicas o jurídicas de contratar con la Administración o de recibir ayudas públicas cuando hayan cometido infracciones ambientales muy graves o graves, hasta que no hayan ejecutado las medidas protectoras o pagado la sanción. Para ello se creará un Registro de infractores sobre los que hay una resolución firme y se dará publicidad a las sanciones.

También es novedosa la figura de la prestación ambiental sustitutoria. Es decir, que determinadas sanciones pondrán consistir, en vez de multas, en acciones de restauración, conservación o mejora que redunden en beneficio del medio ambiente.

En ambas leyes se recoge la unificación de los órganos colegiados de participación y decisión en materia ambiental actuales (Consejo Asesor de Medio Ambiente, Comisión de Medio Ambiente y Comisión de la Naturaleza-Naturzaintza) en el Consejo de Medio Ambiente de Euskadi. Este consejo asumiría la función de dinamizar la participación real de los diferentes agentes sociales, económicos, científicos, etc. en el diseño y ejecución de las políticas públicas de medio ambiente, conservación del patrimonio natural y cambio climático.