Resultados de la campaña de inspección 'Etiquetado y seguridad de los juguetes'
Objetivo
La entrada en vigor, en el segundo semestre del año, de la nueva normativa sobre la seguridad de los juguetes (Real Decreto 1205/2011, de 26 de agosto, sobre la seguridad de los juguetes) hace necesario inspeccionar aquellos que están en el mercado dispuestos para la venta a las personas consumidoras antes del mes de julio y aquellos que han sido importados y están dispuestos para su distribución por los importadores con fecha posterior al 1 de septiembre de 2011.
- Comprobar el grado de adecuación del etiquetado de los juguetes a la nueva normativa.
- Comprobar el grado de conformidad de los juguetes puestos en el mercado de acuerdo a la normativa existente antes de 2011.
- Realización de tomas de muestras reglamentarias a juguetes independientemente de la normativa que les sea de aplicación.
- Informar a importadores de juguetes de la CAV de la publicación de la nueva normativa sobre juguetes.
Fecha de realización
Entre el 21 de noviembre y el 10 de diciembre de 2011, ambos inclusive.
Actuaciones efectuadas
Establecimientos: empresas de importación de juguetes y establecimientos minoristas de bajo precio y bazares.
Resultados
Apartado 1. Comprobación y grado de adecuación del etiquetado de los juguetes a la nueva normativa
Se han realizado 11 actuaciones inspectoras a otras tantas empresas importadoras de juguetes identificadas en la CAPV. En 8 de los establecimientos no se han encontrado juguetes que hayan sido adquiridos con posterioridad al 1 de septiembre de 2011. En los 3 establecimientos restantes se han cumplimentado 6 protocolos de juguetes.
Los resultados de los protocolos han sido los siguientes:
Parte A: Etiquetado obligatorio
- Todos los juguetes inspeccionados llevan el marcado CE.
- Todos los juguetes inspeccionados llevan incorporada información sobre: marca, datos identificativos y dirección del fabricante e importador, el nº de lote, tipo o modelo del juguete para su mejor identificación; las advertencias están visibles y legibles en el juguete, en su etiqueta o en el embalaje; cada advertencia va precedida de la palabra “Advertencia” o Advertencias” y todas ellas figuran, al menos, en el idioma oficial. En los juguetes eléctricos inspeccionados figura el símbolo de recogida selectiva de aparatos eléctricos.
Parte B: Tipos de juguetes y advertencias
El Real Decreto 1205/2011, establece unos requisitos de advertencias para cada tipo de juguetes, según sean para menores o mayores de 36 meses, juguetes de actividad, funcionales, patines, patines de ruedas, en línea, juguetes destinados a utilizarse en el agua, juguetes que están dentro de alimentos y juguetes que imitan máscaras y cascos protectores.
En esta inspección los juguetes controlados llevan todos la advertencia de que son juguetes no destinados a niños menores de 36 meses.
Respecto al resto de advertencias, dado que los juguetes inspeccionados no corresponden a los tipos descritos anteriormente, solamente disponen de etiquetado obligatorio.
Los establecimientos que tienen despacho al público disponen del cartel de la existencia de hojas de reclamaciones, disponen de ellas y consta en los juguetes el precio de venta al público.
Toma de muestras: Se han realizado 3 tomas de muestras reglamentarías correspondientes a otros tres tipos de juguetes. Los resultados han sido correctos.
Apartado 2.- Comprobación del grado de conformidad de los juguetes puestos en el mercado de acuerdo a la normativa existente antes de 2011
- -Se han realizado 62 actuaciones inspectoras, entre protocolos y tomas de muestras.
- -Se han cumplimentado 50 protocolos a otros tantos tipos de juguetes.
Los resultados de los protocolos han sido los siguientes:
- - Todos los juguetes inspeccionados llevan incorporado el marcado “CE”.
- - Todos los juguetes controlados incorporan los datos de identificación y domicilio del fabricante o del importador.
- - El 98% de juguetes para niños mayores de 36 meses indican, mediante leyenda o símbolo gráfico, que no son convenientes para niños menores de 36 meses.
- - El 94% de los juguetes controlados para mayores de 36 meses, incorpora una leyenda que explica los riesgos específicos que motivan la exclusión para los menores de 36 meses.
- - Los juguetes eléctricos controlados, 12, indican la tensión eléctrica a la que funciona el juguete e incorporan el símbolo de recogida selectiva para aparatos eléctricos.
- - Los juguetes funcionales deben llevar incorporada la frase “¡ADVERTENCIA! Se utilizará exclusivamente bajo la vigilancia directa de una persona adulta”. Los 6 juguetes controlados de estas características cumplen con este requisito.
- - El 88% de los juguetes objeto de esta inspección llevan las advertencias e instrucciones de uso al menos en el idioma oficial.
- - Los datos de identificación del responsable, el marcado CE y las leyendas sobre seguridad de los juguetes figuran de forma clara y visible sobre los juguetes, etiqueta o embalaje en todos los juguetes inspeccionados.
- - Todos los juguetes controlados llevan el precio de venta al público.
- - Todos los establecimientos inspeccionados exhiben el cartel de la existencia de hojas de reclamaciones y disponen de ellas en el momento de la inspección.
Toma de muestras: Se han efectuado 21 tomas de muestras reglamentarias a otros tantos tipos de juguetes. Las muestras han dado los siguientes resultados:
- 15 muestras han dado resultados correctos (71,50%).
- 4 muestras han presentado irregularidades en el etiquetado. Se va a informar a las Direcciones de Consumo de las Comunidades Autónomas donde estén ubicados los responsables de los productos mediante comunicación de estas deficiencias, para su subsanación.(19,50%)
- 1 muestra va a ser retirada del mercado y prohibida su comercialización por no llevar el marcado CE que da presunción de conformidad al juguete (4,5%).
- 1 muestra ha presentado problemas de seguridad para la salud de los niños y el producto ha sido puesto en el sistema de red de alerta para retirarlo del mercado (4,5%).
Conclusiones
Apartado 1. Comprobación y grado de adecuación del etiquetado de los juguetes a la nueva normativa
Se ha comprobado que los juguetes que han sido importados con posterioridad al 1 de septiembre de 2011 disponen de un etiquetado que se ajusta a lo establecido en el Real Decreto 1205/2011.
- No obstante lo anterior, se considera que se deben seguir inspeccionando juguetes de diversos tipos y distintas funcionalidades para comprobar si se adecuan a lo establecido en la nueva normativa.
- Sería conveniente efectuar tomas de muestras de diversos tipos de juguetes para conocer si se ajustan a los criterios de seguridad establecidos.
- Se ha informado a las empresas importadoras de la entrada en vigor del Real Decreto 1205/2011, sobre seguridad de los juguetes.
Apartado 2.- Comprobación del grado de conformidad a la normativa de antes de 2011
De los resultados obtenidos se constata que el etiquetado de los juguetes controlados en esta inspección cumple adecuadamente con los requisitos establecidos en las normas aplicables.
Se observa que se han incorporado al etiquetado de los juguetes las nuevas “Advertencias” descritas en la norma UNE-EN 71, parte 1, sobre seguridad de los juguetes.
No obstante lo anterior, de las irregularidades detectadas se informará mediante comunicación a las Direcciones de Consumo de las Comunidades Autónomas donde estén ubicados los responsables de los productos, para su subsanación.
Se ha informado a los establecimientos inspeccionados de la entrada en vigor del Real Decreto 1205/2011, de seguridad de los juguetes.