Procedimiento. Pruebas y actuaciones complementarias

Pruebas y actuaciones complementarias

Recibido el expediente, el Consejo Vasco de la Competencia puede ordenar a la Dirección de Investigación, de oficio o a instancia de algún interesado, la práctica de pruebas distintas de las ya practicadas en la fase de instrucción. Asimismo, el Consejo Vasco de la Competencia puede ordenar a la Dirección de Investigación la realización de actuaciones complementarias con el fin de aclarar cuestiones precisas para la formación de su juicio.

Fecha de última modificación: 07/04/2017