Procedimiento. Pliego de concreción de hechos
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Pliego de concreción de hechos
Los hechos que puedan ser constitutivos de infracción se recogen en un pliego de concreción de hechos que se notificará a los interesados para que, en un plazo de quince días, puedan contestarlo y, en su caso, proponer las pruebas que consideren pertinentes.
Fecha de última modificación: 07/04/2017