Procedimiento. Pliego de concreción de hechos

Pliego de concreción de hechos

Los hechos que puedan ser constitutivos de infracción se recogen en un pliego de concreción de hechos que se notificará a los interesados para que, en un plazo de quince días, puedan contestarlo y, en su caso, proponer las pruebas que consideren pertinentes.

Fecha de última modificación: 07/04/2017