Contratos
Documentos y consejos útiles en las relaciones entre los trabajadores, la empresa y la administración.
Últimas preguntas realizadas por los usuarios/as
¿Puedo contratar con la tarifa plana para contratos indefinidos (reducción del 100%) si la persona está trabajando en otra empresa?
El Real Decreto-ley 3/2014, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida no indica ninguna limitación al respecto, por lo tanto, podría contratarle salvo opinión en contrario de la Seguridad Social.
Partiendo de la base que los contratos eventuales de circunstancias de la producción se pueden prorrogar por una sola vez y que una vez transcurrida la duración de la prorroga si se quisiera continuar con la misma relación laboral se tendría que hacer un nuevo contrato y no otra prorroga.
La cuestión planteada es la siguiente:
Para los contratos eventuales de trabajadores de empleados de hogar que tienen establecido una fecha de duración, ¿cuantas prórrogas se pueden hacer?
¿Como en el caso general? o por el contrario, no hay un tope de prórrogas
Los contratos de empleadas de hogar no pueden ser eventuales por circunstancias de la producción.
Solo pueden ser de obra, interinidad e indefinidos.
Una empresa de 18 trabajadores quiere contratar a una estudiante en prácticas que les ha gustado.
A nivel de empleo joven temporal ¿hay algún contrato bonificado o el más interesante es el de prácticas con la bonificación del 75% de la cuota empresarial??
Para realizar el contrato de prácticas, hay que estar en posesión de la titulación que le habilita para el contrato de Practicas.
De acuerdo con el art. 13 de la Ley 11/2013, el trabajador debe estar desempleado e inscrito.
La reducción de cuotas es del 50%.
En cuanto al 75%, se refiere cuando un trabajador está realizando prácticas no laborales acogidas al Real Decreto 1543/2011 y antes de que finalice las practicas, se realiza el contrato de Practicas.
Hacer un Contrato interinidad a tiempo parcial para sustituir a autónoma en permiso maternidad y bonificarse, tanto los seguros sociales del trabajador contratado como de la autónoma, ¿es posible?
Sí, el contrato debe ser a tiempo completo, pues la autónoma no está a tiempo parcial en su cotización.
La bonificación es para la contratación de la trabajadora contratada, la cual debe estar desempleada e inscrita, y para la autónoma que solicita el descanso maternal.
Tengo una duda sobre el contrato de relevo.
A ver si me podeis ayudar.
En el manual sobre contratos se establece que:
"Este tipo de contrato se concierta con un trabajador, inscrito como desempleado en la correspondiente Oficina de Empleo o que tuviese concertado con la empresa un contrato de duración determinada, para sustituir al trabajador de la empresa que accede a la jubilación parcial. Se celebrará simultáneamente con el contrato a tiempo parcial que se pacte con este último.
Mi pregunta es "si se celebra con un trabajador con contrato de duración determinada, ¿éste también tenia que estar previamente inscrito como desempleado antes de celebrar el contrato de duración determinada o no hace falta?"
Es que no acabo de verlo.
Si se realiza con trabajador que está en la empresa con un contrato de duración determinada, no es necesario que este desempleado e inscrito.
Solo es exigible este requisito, cuando se contrata a alguien que no tiene relación con la empresa.
¿Qué contratos temporales bonificados para discapacitados hay vigentes en este momento?
Los contratos de fomento de empleo, que se desarrollan en la Disposición Adicional primera de la Ley 43/2006.