Secretario/a
Gipuzkoa
Estar en posesión de la titulación universitaria exigida para el ingreso en los cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1, de acuerdo con lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; es decir, estar en posesión del título universitario de licenciatura o grado o haber abonado los derechos para la obtención del mismo.
Estar en posesión del documento que acredite el perfil lingüístico (PL) 3 o 4.
— Tener nacionalidad española.
— Tener cumplidos 16 años y no superar la edad máxima de jubilación forzosa.
— Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del puesto. Este extremo se acreditará en su momento mediante el correspondiente reconocimiento médico.
— No haber sido separado/a o despedido/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse, por resolución judicial, en inhabilitación absoluta para empleos o cargos públicos o especial para el acceso a la Escala de Funcionarios/as de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, y en los mismos términos, el acceso al empleo público.
— Estar en posesión de la titulación universitaria exigida para el ingreso en los cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1, de acuerdo con lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; es decir, estar en posesión del título universitario de licenciatura o grado o haber abonado los derechos para la obtención del mismo.
En el caso de Titulaciones extranjeras se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.
— Estar en posesión del documento que acredite el perfil lingüístico (PL) 3 o 4.
El puesto cuya cobertura se pretende tiene asignado el PL 4 con carácter preceptivo; por tanto, su cumplimiento es exigencia obligatoria para cubrir el puesto (artículo 98 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca).
No obstante, cuando el puesto a proveer tenga asignado el PL 4 con fecha de preceptividad vencida, en caso de no acreditarse el mismo por ninguna de las personas aspirantes, se aplicará a dicho puesto el perfil lingüístico 3 a los únicos efectos de cobertura en esa convocatoria y para formar parte de la bolsa de trabajo resultante (artículo 43.2 del Decreto 86/1997, de 15 de abril, que regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco).
En consecuencia, también podrán participar en el presente proceso selectivo las personas aspirantes que acrediten estar en posesión del PL 3.
A través del registro electrónico del ayuntamiento.
— En el registro presencial del Ayuntamiento de Hernani: Gudarien Plaza 1, 20120 Hernani.
— En los registros de la Administración General de la Comunidad Autónoma Vasca y de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
— En los registros de la Administración del Estado, en los de cualquier otra comunidad autónoma, en los de las diputaciones provinciales, cabildos y consejos insulares, así como en los de los ayuntamientos de los municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
— En las oficinas de Correos: se presentarán en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el personal funcionario de Correos antes de ser certificadas, dentro del plazo de presentación de instancias. Sólo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el registro del ayuntamiento en la fecha que fueron entregadas en la Oficina de Correos.
— En cualquiera de las restantes formas previstas en la normativa aplicable.
TEMARIO
Tema 1. Entidades locales de Euskadi: autonomía local y competencias de los municipios.
— Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi: título I; capítulo I del título II; título III; Disposición Adicional primera; y Disposición Transitoria primera y tercera.
— Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local: título I; y capítulo III del título II.
Tema 2. Entidades locales de Euskadi: organización y funcionamiento de los municipios. Estatuto de los representantes municipales.
— Ley 2/2016, de 7 de abril: capítulos I y II del título IV.
— Ley 7/1985, de 2 de abril: capítulo II del título II; y capítulos I y V del título V.
— Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril): capítulo II del título II; y capítulos I y III del título V.
— Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre): título preliminar; título I; capítulo I del título II; título III; y título IV.
Tema 3. Procedimiento administrativo común.
— Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tema 4. Régimen jurídico del sector público.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: capítulos I, II (excepto subsección 2.ª de la sección 3.ª), V y VI del título preliminar; capítulos I y VI del título II; título III y Disposiciones Adicionales primera y octava.
Tema 5. Responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas.
— Régimen jurídico (Ley 40/2015, de 1 de octubre): capítulo IV. del título preliminar.
— Especialidades de los procedimientos (Ley 39/2015, de 1 de octubre: artículos 65, 67, 81, 91 y 92).
Tema 6. Potestad sancionadora.
— Principios (Ley 40/2015, de 1 de octubre): capítulo III del título preliminar.— Especialidades de los procedimientos (Ley 39/2015, de 1 de octubre): artículos 63, 64, 85, 89 y 90).
— Ley 7/1985, de 2 de abril: título XI.
Tema 7. Contratos del sector público.
— Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014: título preliminar; libro I, libro II y disposiciones adicionales segunda, tercera y cuarta.
Tema 8. Bienes de las entidades locales.
— Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (aquellas partes que sean de aplicación general o tengan carácter de legislación básica, de conformidad con la disposición final segunda).
— Ley 7/1985, de 2 de abril: capítulo I del título VI.
— Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local: capítulo I del título VI.
— Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio).
Tema 9. Subvenciones en la administración local.
— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (en los términos establecidos en los números 1 y 2 de la disposición final primera).
Tema 10. Personal al servicio de las administraciones públicas.
— Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre).
— Texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre).
— Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015, de 23 de octubre): régimen general. Ámbito de aplicación, inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas. Obligación de cotización. Derivación de la responsabilidad. Acción protectora.
— Ley 7/1985, de 2 de abril: título VII.
Tema 11. Uso del euskera en la administración pública, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
— Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera.
— Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del Euskera en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
— Uso del euskera en las entidades locales de Euskadi. Competencias de las entidades locales en la Ley 2/2016 de 7 de abril.
Tema 12. Transparencia, acceso a la información pública, buen gobierno y participación ciudadana en el ámbito local vasco.
— Ley, 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: títulos I y II.
— Ley 2/2016, de 7 de abril: título VI; y disposiciones transitorias quinta y sexta.
— Ley 7/1985, de 2 de abril: capítulo IV del título V.
Tema 13. Igualdad entre mujeres y hombres.
— Ley 4/2005, de 18 de febrero, de igualdad entre mujeres y hombres: título preliminar; títulos I y II.
Tema 14. Protección de datos de carácter personal.
— Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
— Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Disposiciones generales. Principios de protección de datos. Derechos de las personas. Derechos digitales.
Tema 15. Organización del territorio, urbanismo y vivienda.
— Texto refundido de la Ley de suelo y rehabilitación urbana (Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre).
— Ley 2/2006, de 30 de junio, de suelo y urbanismo (de Euskadi): títulos I, III, IV y VI.
— Ley 3/2015, de 18 de junio, de vivienda (de Euskadi): competencias de los municipios.
Tema 16. Protección del medio ambiente.
— Ley 3/1998, de 27 de febrero, general de protección del medio ambiente del País Vasco.
Tema 17. Espectáculos públicos y actividades recreativas.
— Ley 10/2015, de 23 de diciembre (de Euskadi), de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas: competencias de los municipios.
Tema 18. Servicios sociales.
— Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales (de Euskadi). Organización del Sistema Vasco de Servicios Sociales. Competencias de las administraciones públicas. Intervención de la iniciativa privada.