Bolsa de Trabajo de Técnico/a Superior Arqueólogo/a.
Gipuzkoa
Función Básica:
- Dirigir y gestionar el depósito arqueológico y paleontológico de Gipuzkoa.
Tareas Especificas:
- Custodia de las colecciones del material arqueológico y paleontológico y de la documentación científica accesoria.
- Recepción y registro de depósito.
- Seguimiento y control de los plazos de depósito. Informes de verificación de cumplimiento de normativa.
- Marcar las directrices y necesidades de restauración.
- Seguimiento del programa de conservación de piezas.
- Atender solicitudes de préstamo y gestión de traslados.
- Atención a investigadores.
- Realizar, en general, todas aquellas tareas no mencionadas anteriormente que le sean solicitadas por sus superiores y se correspondan con la categoría de este puesto de trabajo.
Estar en posesión, o haber abonado los derechos para obtener el título oficial u homologado de Licenciado/a en Historia. (Titulaciones equivalentes: Grado en Historia o Grado en Arqueología).
En el caso de titulaciones extranjeras deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
Estar en posesión del certificado que acredite el perfil lingüístico 3 o en su caso, obtenerlo de conformidad con lo establecido en la base 8.
Las instancias normalizadas solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán a la diputada foral del Departamento de Administración Foral y Función Pública, debiendo reunir los siguientes requisitos:
- Las personas que deseen tomar parte, deberán hacer constar en la instancia que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base 2.ª, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.
- Las instancias se recogerán y se presentarán debidamente cumplimentadas en el Registro Central de la Diputación Foral de Gipuzkoa, ubicado en Plaza de Gipuzkoa s/n, 20004 San Sebastián, o en cualquiera de las formas previstas en el Art. 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de estas Bases en el BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa.
De conformidad con los convenios relativos a Registros suscritos hasta la fecha por la Diputación, podrán presentarse las instancias en los Registros Generales de los siguientes Ayuntamientos y entidades de Gipuzkoa: Abaltzisketa, Alegia, Altzo, Andoain, Anoeta, Aretxabaleta, Mondragón, Baliarrain, Berastegi, Deba, Mancomunidad del Alto Deba, Eibar, Eskoriatza, Ezkio-Itsaso, Gabiria, Gaintza, Getaria, Hernialde, Hondarribia, Idiazabal, Irun, Irura, Larraul, Lazkao, Legazpi, Legorreta, Lezo, Lizartza, Mendaro, Olaberria, Orendain, Ormaiztegi, Segura, Urretxu, Zaldibia, Zegama, Zumaia y Zumarraga.
Las instancias presentadas en las Oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 38.4 de la citada Ley, se presentarán, en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el/la funcionario/a de Correos antes de ser certificadas dentro del plazo de presentación de instancias. Sólo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro Central de la Diputación Foral de Gipuzkoa en la fecha que fueron entregadas en la Oficina de Correos. Es la instancia la que debe estar sellada.
Asimismo, las instancias se podrán presentar a través del registro electrónico de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa ubicado en la dirección electrónica https://www.gfaegoitza.net/, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Decreto Foral 23/2010, de 28 de setiembre, por el que se regula la utilización de medios electrónicos en el ámbito de la Administración Foral.
TEMARIO
- El registro de materiales estratigráficos. El método Wheeler y similares. El método Harris. La Matrix Harris.
- El Depósito de materiales arqueológicos. Plazos y obligaciones del Decreto 341/1999.
- Restauración y conservación de materiales arqueológicos. Distintos tipos de materiales: Sílex, cerámica, metal, pasta de vidrio, madera. Medidas tendentes a su conservación. El PEG.
- La custodia de los materiales arqueológicos. Medidas de seguridad generales de un depósito. Obligaciones de un arqueólogo hasta la entrega de materiales. Medidas a tomar en el traslado de materiales.
- La infraestructura de conservación y la arqueología subacuática. La desalación de materiales sumergidos. Soluciones temporales para materiales submarinos.
- Registros e inventarios. El registro de materiales en la excavación. El inventario provisional. El inventario definitivo según el Decreto 341/1999.
- El proyecto arqueológico. Obligaciones del titular de la autorización. Causas de suspensión y revocación de las autorizaciones.
- Datación absoluta y relativa e interpretación. Los distintos métodos de datación absoluta.
- Las zonas de presunción arqueológica. El artículo 49 de la Ley 7/1990 de Patrimonio Cultural Vasco.
- Arqueología industrial. Elementos del patrimonio industrial de Gipuzkoa.
- La difusión científica del Patrimonio Arqueológico. Las principales revistas de difusión de las actividades arqueológicas de la Comunidad Autónoma Vasca.
- La prospección arqueológica. Métodos y tendencias actuales. Los distintos métodos de prospección geofísica.
- La puesta en valor de los yacimientos arqueológicos. La conservación de los yacimientos arqueológicos visitables. Los yacimientos arqueológicos visitables en Gipuzkoa.
- La Prehistoria del territorio de Gipuzkoa. Principales yacimientos paleolíticos de Gipuzkoa.
- El megalitismo del territorio de Gipuzkoa. Las estaciones megalíticas. El Decreto 137/2003 de 24 de junio por el que se califican como Bien Cultural, con la Categoría de Conjunto Monumental, varias estaciones Megalíticas del territorio de Gipuzkoa y se fija su régimen de protección.