Normativa

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ORDEN de 4 de agosto de 2020, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se fijan los precios públicos de los servicios y actividades que presta el Organismo Autónomo de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE).

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: HABE
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 157
  • Nº orden: 3241
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 04/08/2020
  • Fecha de publicación: 12/08/2020

Ámbito temático

  • Materia: Economía y Hacienda; Organización administrativa
  • Submateria: Economía; Departamentos

Texto legal

En virtud de las facultades que me confiere el artículo 33 del Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, de conformidad con el Decreto 398/2013, de 30 de julio, por el que se determinan los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos con precios públicos por la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y teniendo en cuenta el informe favorable del Departamento de Hacienda y Finanzas,

Es objeto de la presente Orden establecer el importe de los precios públicos por los servicios prestados por el Organismo Autónomo HABE.

Los precios públicos por la organización, coordinación, contratación y seguimiento de cursos de euskaldunización del personal del sector público serán los siguientes:

  1. Grupos de estudiantes compuestos por personal del sector público:

    1. Cursos ofertados de forma presencial en euskaltegis públicos: 119,49 euros/grupo/hora.

    2. Cursos ofertados por los euskaltegis públicos de forma presencial en locales de la Administración: 109,54 euros/grupo/hora.

    3. Cursos ofertados de forma presencial en euskaltegis privados: 83,6 euros/grupo/hora.

    4. Cursos ofertados por euskaltegis privados de forma presencial en locales de la Administración: 76,12 euros/grupo/hora.

  2. Internado (Barnetegi):

    Servicios de estancia y hospedaje en euskaltegis:

    13,37 euros/día/alumno media pensión.

    33,47 euros/día/alumno pensión completa.

  3. Alumnos sueltos que no forman parte de los grupos de estudiantes del personal del sector público:

    1. Cursos en euskaltegis públicos: 9,95 euros/alumno/hora.

    2. Cursos en euskaltegis privados:

      Capitales de Territorio Histórico: 7,63 euros/alumno/hora.

      Resto de poblaciones: 7,08 euros/alumno/hora.

    3. Pruebas de nivel por alumno/a: 30 euros/hora o alumno/a.

  4. Servicios de coordinación y seguimiento de los cursos de los trabajadores del sector público:

    En el caso de grupos de alumnos del sector público: 5,91 euros/grupo/hora.

    Alumnos sueltos en otros grupos: 0,52 euros/alumno/hora.

  5. Datos de asistencia diaria/horaria.

    Tarifa: 2,00 euros/alumno/mes.

  6. Cursos de autoaprendizaje tutorizado.

    1. Cursos de autoaprendizaje tutorizado en el propio puesto de trabajo:

      Licencia del sistema de autoaprendizaje. Incluye instalación, actualización de software y servicio técnico de la aplicación de autoaprendizaje si fuese necesario, instrucciones de uso, examenes de nivel, seguimiento pedagógico y sesiones de tutoría. El precio de la licencia dependerá del número de licencias contratadas:

      (Véase el .PDF)

      Sesiones de prácticas orales:

      En grupos formados en el centro de trabajo:

      Curso de 9 meses (1 hora semanal): 80,00 euros/hora/grupo. Curso de 3 meses (1 hora semanal): 80,00 euros/hora/grupo.

      Telefónicamente o utilizando las TIC cuando el puesto de trabajo esté fuera de la CAV:

      Curso de 9 meses (individualmente, 20 minutos semanales): 780,00 euros/alumno. Curso de 3 meses (individualmente, 20 minutos semanales): 260,00 euros/alumno.

      Servicios complementarios (en todos los cursos):

      Cambio de licencia fija a móvil o internet (incluida la instalación pack): 146 euros/alumno.

      Cambio de alumno (pasar licencia a otro alumno): 92 euros/alumno.

      Informe mensual de uso, asistencia y aprovechamiento del programa: 4,69 euros/informe/alumno.

      Informe mensual de uso del programa: 1,65 euros/informe/alumno.

      En el caso de que los tutores tengan que desplazarse al centro de trabajo situado fuera de la localidad en la que se ubique el euskaltegi o centro de autoaprendizaje homologado, los pagos de los gastos de desplazamiento serán los previstos en el Decreto 121/2006, de 13 de junio, sobre indemnizaciones por razón del servicio para los empleados públicos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.

    2. Cursos de autoaprendizaje tutorizado en euskaltegis o centros de autoaprendizaje homologados:

      Matrícula del curso de autoaprendizaje tutorizado:

      (Véase el .PDF)

    3. Derechos de vinculación:

      Autorización anual de uso de la plataforma de aprendizaje para el autoaprendizaje de HABE en centros no inscritos en el Registro de euskaltegis y centros de autoaprendizaje de euskera.

      De 1 a 20 usuarios: 1.595 euros/año/centro.

      De 21 a 100 usuarios: el precio anterior se incrementará en 79,29 euros anuales por cada usuario superior a 20.

      Más de 100 usuarios: los usuarios superiores a 100 no tendrán ningún otro suplemento.

      Quedan excluidos de este precio público los trabajos de adecuación a realizar en la plataforma para su instalación en la red, así como los gastos de mantenimiento del servicio.

  1. Derechos de examen para acreditar algún nivel del Currículo Básico de Euskaldunización de Personas Adultas:

    1. En las convocatorias de pruebas dirigidas al alumnado de los euskaltegis y centros homologados de autoaprendizaje del euskera y en las convocatorias extraordinarias para el alumnado de los Centros Vascos-Euskal Etxeak: 40 euros por nivel/convocatoria/alumno.

    2. En las pruebas de acreditación de convocatorias abiertas y en otras convocatorias extraordinarias no previstas en el apartado a): 80 euros por nivel/convocatoria/alumno.

    3. Exenciones y bonificaciones.

      1. Estarán exentas de pago las personas que se encuentren en centros penitenciarios, los miembros de familias numerosas de categoría especial y las personas en los supuestos previstos en el artículo 25 del Decreto 290/2010, de 9 de noviembre, por el que se regula el sistema de asistencia integral a las víctimas del terrorismo.

      2. Los miembros de familias numerosas de categoría general tendrán una bonificación del 50%.

  2. Servicios de participación, preparación, aplicación y corrección de pruebas del personal técnico de HABE en tribunales y comisiones de valoración: 60 euros/hora de trabajo (IVA incluido).

    Asimismo, serán de aplicación los pagos de gastos de desplazamiento del personal técnico previstos en el Decreto 121/2006, de 13 de junio, sobre indemnizaciones por razón del servicio para el personal empleado público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.

Los pagos se realizarán conforme a la normativa vigente en cada momento sobre registro y cobro automático de ingresos de derecho público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, a través del sistema integral de pagos y cobros de la Administración.

Queda derogada la Orden de 17 de septiembre de 2013, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, modificada por las Órdenes de 24 de mayo de 2016 y 7 de marzo de 2019, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se fijan los precios públicos de los servicios y actividades que presta el Organismo Autónomo de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE).

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de agosto de 2020.

El Consejero de Cultura y Política Lingüística,

BINGEN ZUPIRIA GOROSTIDI.

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