Normativa
ImprimirDECRETO 28/2015, de 17 de marzo, por el que se reconoce de utilidad pública a la Asociación contra anorexia y bulimia «ACABE-Gipuzkoa».
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Administración Pública y Justicia; Empleo y Políticas Sociales; Salud
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 59
- Nº orden: 1427
- Nº disposición: 28
- Fecha de disposición: 17/03/2015
- Fecha de publicación: 27/03/2015
Ámbito temático
- Materia: Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa; Sanidad y consumo
- Submateria: Asuntos sociales; Gobierno y Administración Pública
Texto legal
El artículo 42 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, establece que podrán ser reconocidas como de utilidad pública las asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, que contribuyan mediante el desarrollo de sus actividades, a la consecución del interés general o del bien común realizando de manera significativa los valores de generosidad, altruismo, solidaridad y pluralismo.
A su amparo, la Asociación contra anorexia y bulimia «ACABE-Gipuzkoa» ha solicitado la declaración mencionada por entender que las actividades que desarrolla en el ámbito de la lucha contra la anorexia y la bulimia la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de utilidad pública.
La entidad Asociación contra anorexia y bulimia «ACABE-Gipuzkoa» fue constituida el 19 de julio de 1994 consta inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco en virtud de la Resolución de 13 de septiembre de 1994 dictada por la Dirección del Gabinete Técnico del Departamento de Justicia.
Figura inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco con el número de registro AS/G/04851/1994.
El ámbito territorial en el que desarrolla sus funciones comprende la Comunidad Autónoma Vasca.
Desde su constitución, la Asociación contra anorexia y bulimia «ACABE-Gipuzkoa» realiza todas las actividades precisas para la consecución de sus fines principales que son la lucha contra la anorexia y bulimia, y la concienciación a la sociedad, autoridades sanitarias, jóvenes y medios de comunicación social de los graves daños que sufre la juventud, mayoritariamente la femenina, como consecuencia de enfermedades por trastornos del comportamiento alimenticio.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45-2 de la citada Ley 7/2007, la declaración de utilidad pública se realizará mediante decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los Departamentos que corresponda en función de la materia, y en todo caso, del departamento competente en materia de justicia, el cual tramitará el procedimiento y dirimirá cuantas cuestiones pudieran surgir en él. En cumplimiento de dicho mandato, se ha instruido el oportuno expediente, habiéndose incorporado al mismo los informes emitidos por los departamentos e instituciones requeridos al efecto.
En su virtud, a propuesta de los Consejeros de Administración Pública y Justicia, de Empleo y Políticas Sociales y de Salud, vistos los informes emitidos por los entes y organizaciones interesados, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 17 de marzo de 2015,
Así mismo, se le reconocen los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 43 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 17 de marzo de 2015.
El Lehendakari,
IÑIGO URKULLU RENTERIA.
El Consejero de Administración Pública y Justicia,
JOSU IÑAKI ERCORECA GERVASIO.
El Consejero de Empleo y Políticas Sociales,
ÁNGEL TARSICIO TOÑA GÜENAGA.
El Consejero de Salud,
JON DARPÓN SIERRA.