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DECRETO 127/2022, de 25 de octubre, por el que se revoca la declaración de interés social a la Fundación Benéfica «Nicolás Domingo de Arrotegui»

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Igualdad, Justicia y Políticas Sociales
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 215
  • Nº orden: 4851
  • Nº disposición: 127
  • Fecha de disposición: 25/10/2022
  • Fecha de publicación: 10/11/2022

Ámbito temático

  • Materia: Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa
  • Submateria: Asuntos sociales; Gobierno y Administración Pública

Texto legal

El artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, establece que podrán ser declaradas de interés social las entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la prestación de servicios sociales, que cumplan las condiciones que se determinen reglamentariamente, en reconocimiento de su trayectoria y contribución del Tercer Sector de Acción Social al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma.

El Decreto 424/2013, de 7 de octubre, sobre la declaración de interés social de las entidades sin ánimo de lucro de servicios sociales, regula los requisitos y el procedimiento aplicables para la obtención, mantenimiento, revocación y pérdida de la condición de entidad de interés social, y en su virtud fue dictado el Decreto 118/2014 por el que se declaró de interés social a la Fundación Benéfica «Nicolás Domingo de Arrotegui»

Tal y como informa la Dirección de Servicios Sociales, habiéndose tramitado el procedimiento de revocación de la declaración de interés social indicado en el artículo 11 del Decreto 424/2013, de 7 de octubre, sobre la declaración de interés social de las entidades sin ánimo de lucro de servicios sociales, se considera acreditado el incumplimiento del requisito indicado en el artículo 4.a) del mismo Decreto, que requiere que la entidad tenga como objeto principal de su actividad la prestación de servicios sociales, y habiendo comunicado la entidad que ha cesado en la actividad de esas prestaciones y ha subrogado a toda la plantilla desde el 1 de enero de 2021, en consecuencia se propone la revocación de la Declaración de Interés Social a la Consejera de Igualdad, Justicia y Servicios Sociales.

De conformidad con lo dispuesto en el citado Decreto 424/2013, de 7 de octubre, la revocación de la declaración de interés social se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero del Departamento competente en materia de servicios sociales que ha instruido el oportuno expediente.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 25 de octubre de 2022

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