Normativa
ImprimirCORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto 126/2022, de 18 de octubre, por el que se declara de utilidad pública el «Gaztedi Rugby Taldea».
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Cultura y Política Lingüística
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 224
- Nº orden: 5064
- Nº disposición: 126
- Fecha de disposición: 18/10/2022
- Fecha de publicación: 23/11/2022
Ámbito temático
- Materia: Cultura y deporte; Organización administrativa
- Submateria: Gobierno y Administración Pública
Texto legal
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.
Advertidos errores de dicha índole en el Decreto 126/2022, de 18 de octubre, por el que se declara de utilidad pública el «Gaztedi Rugby Taldea», publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 208, de 31 de octubre, se procede a su corrección.
En la página 2022/4685 (1/1),
donde dice:
Siendo conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley 14/1998, de 11 de junio y en los artículos 56 y siguientes del Decreto 163/2010, de 22 de junio, de clubes deportivos y agrupaciones deportivas, en que se determinan los requisitos para la declaración de utilidad pública de los clubes deportivos, y habiendo informado favorablemente la Dirección General de Deporte y Juventud de la Diputación Foral de Gipuzkoa y la Dirección de Actividad Física y Deporte.
debe decir:
Siendo conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley 14/1998, de 11 de junio y en los artículos 56 y siguientes del Decreto 163/2010, de 22 de junio, de clubes deportivos y agrupaciones deportivas, en que se determinan los requisitos para la declaración de utilidad pública de los clubes deportivos, y habiendo informado favorablemente la Dirección General de Deporte y Juventud de la Diputación Foral de Álava y la Dirección de Actividad Física y Deporte.
donde dice:
debe decir: