Ayudas para incentivar la creación de nuevas empresas. Donostia 2017

RESUMEN
Título:
Ayudas para incentivar la creación de nuevas empresas. Donostia 2017
Objeto:
a) La creación de nuevas empresas con carácter general. b) La creación de nuevas empresas basadas en criterios de innovación y aporte de valor añadido a la ciudad, en sintonía con la estrategia de impulso transversal y apuesta por el desarrollo de los sectores estratégicos que Fomento de San Sebastián articula para el tejido económico local.
Dotación presupuestaria:
300.000,00 €
Normativa de la convocatoria:
  • Anuncio de publicación de las bases reguladoras (BOG N 111/2017)
    Anuncio de publicación de las bases reguladoras de la concesión de ayudas para incentivar la creación de nuevas empresas enmarcadas en el Plan de Impulso Económico Donostia / San Sebastián UP!2017.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Fomento de San Sebastián
Órgano convocante:
Fomento de San Sebastián
Entidad resolutora:
Organismos, Entes y Sociedades Públicas
Contacto presencial:
Reina Regente 8, Edificio Teatro Victoria Eugenia, 20.003 San Sebastián.
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Reina Regente 8, Edificio Teatro Victoria Eugenia, 20.003 San Sebastián.
Volver Reina Regente 8, Edificio Teatro Victoria Eugenia, 20.003 San Sebastián.
Ayudas para incentivar la creación de nuevas empresas. Donostia 2017
a) La creación de nuevas empresas con carácter general. b) La creación de nuevas empresas basadas en criterios de innovación y aporte de valor añadido a la ciudad, en sintonía con la estrategia de impulso transversal y apuesta por el desarrollo de los sectores estratégicos que Fomento de San Sebastián articula para el tejido económico local.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Para solicitar las ayudas previstas en este capítulo se deberán cumplir los requisitos previstos en el artículo 4 de las presentes Bases: a) Que el domicilio fiscal de la actividad que sea objeto de la ayuda en cuestión esté ubicado en San Sebastián b) En el caso de personas jurídicas, que cumplan los requisitos indicados en las bases. c) Que el nuevo alta el Impuesto sobre Actividades Económicas se produzca entre el 1 de enero y el 31 de diciembre 2017. d) Que en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 se produzca un alta en la Seguridad Social (Régimen de Autónomos o equivalente) de alguno de los socios y/o socias. e) Que entre sus socios y/o socias al menos uno o una haya participado en las Sesiones de formación que el servicio de apoyo a las personas emprendedoras de Fomento de San Sebastián ofrece de forma continua. Se trata de las 14 sesiones (28 horas en total) a realizar durante una semana englobadas dentro del “Pack Inicio” consideradas como relevantes dentro del proceso de creación de una empresa f) Que no se hayan matriculado en el IAE en la misma o similar actividad, en los seis meses anteriores a la creación de empresa por la que solicitan ayuda.
PRESTACIÓN
Dotación:
300.000,00 €
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Formularios:
(Solicitud)
Formulario
Documentación:
  • • Hoja de Solicitud (Anexo 1). • Relación de personas promotoras de la empresa que optan a la ayuda (Anexo 2) • Declaración Responsable (Anexo 3). • Ficha de alta de datos bancarios de la persona o entidad solicitante de la ayuda, sellada por la entidad bancaria correspondiente (Anexo 4) • Copia del DNI del solicitante, si es persona física. • Si es persona jurídica, copia del CIF del solicitante y, en su caso, DNI del firmante. • Si es persona jurídica, escritura o documentos de constitución, los Estatutos o el acta fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. En el supuesto de las Sociedades Civiles sin personalidad jurídica propia, se incluirá el contrato privado sellado por Hacienda Foral. • Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la empresa solicitante de la ayuda. • Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social de la empresa solicitante de la ayuda. • Copia de alta en Impuesto sobre Actividades Económicas (modelo 840 Hacienda foral), o en el caso de las actividades agrícolas, las ganaderas dependientes, las forestales y las pesqueras, copia del alta de la declaración censal (modelo 036 Hacienda Foral) • Documento actualizado de actividades económicas-histórico emitido por la Diputación Foral de Gipuzkoa de la empresa solicitante de la ayuda. • Certificación del Ayuntamiento de San Sebastián acreditativo de que el solicitante de la ayuda no tiene deudas con el mismo o, en su defecto, autorización expresa para que Fomento de San Sebastián obtenga directamente dicha información del propio Ayuntamiento. En el caso de las ayudas a la creación de empresas en general (artículo 1.a) y a la creación de nuevas empresas basadas en criterios de innovación (articulo 1.b), además de la documentación anterior deberá presentar: • Valoración de los criterios de innovación y aporte añadido a la ciudad (Anexo 5) • Copia del parte de alta en el Régimen de Autónomos o régimen equivalente, de cada uno de los/as promotores/ as que optan a la ayuda. • Copia del DNI de todos los/as promotores/as que optan a la ayuda. • Documentación justificativa de pertenecer a alguno de los colectivos desfavorecidos que se describen en el artículo 5.a. • Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de cada uno de las personas promotoras que optan a la ayuda • Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social, de cada uno de las personas promotoras que optan a la ayuda • Documento actualizado de actividades económicas-histórico emitido por la Diputación Foral de Gipuzkoa, de cada uno de las personas promotoras que optan a la ayuda • Certificación del Ayuntamiento de San Sebastián acreditativo de que cada una de las personas que opte a la ayuda no tiene deudas con el mismo o, en su defecto, autorización expresa para que Fomento de San Sebastián obtenga directamente dicha información del propio Ayuntamiento. • Copia del Titulo acreditativo de haber cursado el “Pack Inicio” de Fomento de San Sebastián. En su defecto hacer constar la petición de exención del mismo. • Copia de las facturas y justificante del pago de las mismas, conforme a lo estipulado en el artículo 5. (estos documentos podrán ser presentados en el momento de la solicitud o bien en el momento de la justificación) • Declaración de gastos y pagos (Anexo 6). En caso de solicitar los incentivos por alquiler se deberá presentar: • Contrato de arrendamiento debidamente firmado por ambas partes. • Copia de las facturas y justificantes de pago en concepto de arrendamiento.(estos documentos podrán ser presentados en el momento de la solicitud o bien en el momento de la justificación). En caso de solicitar los incentivos por conciliación de la vida laboral y familiar: • Libro de Familia donde se acredite la filiación de personas objeto de incentivo por conciliación. Justificante (factura) y abono de los gastos incurridos.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Solicitud


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
13/06/2017 - 31/12/2017
Fecha límite de presentación:
Para las ayudas a la creación de empresas en general (artículo 1.a) y a la creación de nuevas empresas basadas en criterios de innovación (articulo 1.b) el plazo máximo será de dos meses desde la fecha de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, o cuando corresponda del alta de la declaración censal, y siempre antes del 31 de diciembre de 2017 . Si el alta ha sido anterior a la publicación de las bases el plazo será de dos meses desde el día siguiente a la fecha de publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.