ASOCIACIÓN DE USUARIOS DE CANNABIS K-NNABIX ELKARTEA
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Datos de la asociación
Nº Registro:
AS/G/24183/2022
Fecha de constitución:
01/07/2021
Fecha de inscripción:
04/04/2022
Ámbito de actuación:
C.A. del País Vasco
Utilidad pública:
No
FinesDatos extraídos de los estatutos
- Clasificación: Cultural Específico
- Finalidad: Estudios
- 1. Estudio y análisis sobre el cáñamo y sus posibles aplicaciones sociales, culturales, científicas y terapéuticas. 2. Facilitar información y un acceso responsable y pautado a la sustancia, destinándola intransferiblemente a usuarios lúdicos y/o personas diagnosticadas con patologías susceptibles de ser tratadas con cannabinoides y/o con finalidad de uso terapéutico o paliativo. 3. Garantizar un acceso al consumo de cannabis de manera responsable, controlada y legal, siempre con carácter individualizado y personal e intransferible. 4. Evitar el peligro para la salud de sus usuarios, inherente al mercado ilegal de cannabis, mediante actividades encaminadas a la prevención de los riesgos asociados a su uso. 5. Desarrollar y concretar el proyecto de cultivo compartido de uso compartido y privado de cannabis sativa, teniendo como máxima cumplir lo establecido en los presupuestos emanados de la Jurisprudencia de los diferentes Tribunales del Estado: Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo, así como el de la jurisprudencia menor de los Juzgados de lo penal y las Audiencias Provinciales (STS 21/12/2008, 14/12/2008 y STS 788/2003 entre otras ): Siendo qué: a) Las personas que integran el grupo de consumidores sean personas ciertas y determinadas, único modo de valorar su número y condiciones. b) Los consumidores sean adictos (consumidores previos) o en su caso personas que por sus patologías sean susceptibles de ser tratadas con cannabinoides, pues de no serlo, se corre el riesgo de potenciar en algunos de ellos su adicción y su habituación. c) Que el consumo de la sustancia cannábica se lleve a cabo por los miembros del grupo de manera conjunta y en presencia de quien la proporciona, que también ha de integrarse en el grupo. d) Que el consumo proyectado por los socios y el cultivo diseñado para abastecerlo se realicen en un lugar cerrado, con mecanismos de seguridad y sin riesgo y/ o posibilidad de que terceros ajenos puedan inmiscuirse o que exista riesgo de difusión o de visión de tal consumo por los efectos perjudiciales que ello conlleva e) Que el consumo compartido, sea garantista para la salud de los usuarios, íntimo y sin transcendencia social. 6. Es objetivo fundacional de la entidad: desarrollar un programa de información y asistencia demandado por socios/usuarios lúdicos y/o terapéuticos con sintomatología susceptible de ser tratada con cannabis y derivados o en su caso, patologías para las que este indicada medicamente la administración de cannabis de empleo terapéutico. Este programa se podrá poner en marcha en colaboración con la Administración Pública o en su caso de forma coordinada con diversas asociaciones civiles (Asociación Nacional del Cáncer, Mujeres Mastectomizadas, asociación de pacientes con fibromialgia, Encod ) que se encarguen de asesorar a pacientes con patologías. 7. Es objetivo de la entidad: desarrollar un programa de colaboración con la Administración en sintonía con lo dispuesto en el art. 83 de Ley 1/2016 de Adicciones, aprobada por el Parlamento Vasco o legislación adicional qué venga a complementarlo y/ o sustituirlo.
Estatutos
Estos son los datos que constan en el Registro a fecha de 29/12/2023
Esta publicación de datos del registro tiene carácter meramente informativo