2040 CBD CURE USUARIOS DE CANNABIS ELKARTEA
Registro de asociación
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Datos de la asociación

Nº Registro: AS/G/19423/2015
Fecha de constitución: 24/04/2015
Fecha de inscripción: 29/06/2015
Ámbito de actuación: C.A. del País Vasco
Utilidad pública: No
43.1771743 -2.2605115
Domicilio: CALLE ZUBI ZAHAR, 4 PLANTA BAJA, MANO 3-1
Municipio: Azpeitia
C.P.: 20730
Territorio: Gipuzkoa
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FinesDatos extraídos de los estatutos

  • Clasificación: Cultural Específico
  • Finalidad: Estudios
  • 1- Estudios de Investigación sobre Plantas Beneficiosas con sus posibles aplicaciones culturales, científicas y terapéuticas. 2- Facilitar a los usuarios de terapéuticos o lúdicos, su investigación/aplicación y consumo de manera responsable, controlada y legal, siempre con carácter individualizado y personal. 3- Evitar el peligro para la salud de sus usuarios, mediante actividades de investigación y aplicaciones encaminadas a la prevención de los riesgos asociados a su uso. 4- Desarrollar y concretar el proyecto de uso compartido, teniendo como máxima, cumplir lo establecido en los presupuestos emanados de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS 21/12/2008 y 14/12/2008): a)Que las personas que integran el grupo de consumidores sean personas ciertas y determinadas, único modo de valorar su número y condiciones. b)Que los consumidores sean adictos, pues de no serlo se corre el riesgo de potenciar en algunos de ellos su adicción y su habituación. c)Que las investigaciones/aplicaciones y consumo, se lleve a cabo por todos los miembros del grupo de manera conjunta y en presencia de quien la proporciona, que también ha de integrarse en el grupo. d)Que las investigaciones/aplicaciones y consumo proyectado en las plantas beneficiosas, se realice en un lugar cerrado sin riesgo de que terceros puedan inmiscuirse o que exista riesgo de difusión o de visión de tal consumo por los efectos perjudiciales que ello conlleva. e)Que la cantidad de sustancia sea pequeña y capaz de ser aplicada en el propio acto, evitando todo riesgo de almacenamiento que exceda el propio consumo compartido. f)Que el consumo compartido, sea pequeño e intrascendente o, en otros términos, esporádico e íntimo, esto es, sin trascendencia social (STS 788/2003). 5- Es objetivo desarrollar un programa de información y asistencia demandado por socios/usuarios terapéuticos con sintomatología que este indicada médicamente, la administración de las plantas beneficiosas de empleo terapéutico. Este programa se podrá poner en marcha en colaboración con la administración (Asociación Nacional del Cáncer, Mujeres Mastectomizadas, Anorexia, Artritis, Ansiedad, Asma, Dermatitis atópicas, Dolor crónico, Dolores de espalda, Infecciones de piel y quemaduras, Migraña, Reumatismo).
Estos son los datos que constan en el Registro a fecha de 28/12/2023 Esta publicación de datos del registro tiene carácter meramente informativo