Normativa

Imprimir

ORDEN de 23 de mayo de 2020, de la Consejera de Educación y del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se regula la reanudación de las actividades presenciales en el ámbito educativo no universitario y de formación, y la realización de exámenes y pruebas de acceso a determinadas enseñanzas.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Educación; Cultura y Política Lingüística
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 98
  • Nº orden: 2034
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 23/05/2020
  • Fecha de publicación: 23/05/2020

Ámbito temático

  • Materia: Medio natural y vivienda; Cultura y deporte; Educación; Sanidad y consumo; Seguridad y justicia
  • Submateria: Agricultura y pesca; Interior

Texto legal

Mostrar índiceOcultar índice

El Decreto 8/2020, de 10 de mayo, del Lehendakari, por el que se establecen normas para la aplicación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, de las modificaciones, ampliaciones y restricciones acordadas con el Gobierno español, en relación con la flexibilización de las restricciones establecidas tras la declaración del estado de alarma, en aplicación de la fase 1 del Plan de Transición hacia una Nueva Normalidad, con el fin de adaptarlas a la evolución de la emergencia sanitaria en Euskadi, dentro de la estrategia concreta de desescalada que ha elaborado el Gobierno Vasco, recoge la posibilidad de que las personas puedan desplazarse entre los tres Territorios Históricos de la Comunidad Autónoma de Euskadi, entre otros motivos, por razones educativas y formativas.

El Decreto 9/2020, de 15 de mayo, del Lehendakari, de modificación del Decreto anterior, en su exposición de motivos, señala que, en el actual contexto de desescalada, la progresión en la deseable recuperación de todas las actividades propias de una sociedad con un funcionamiento normalizado está indisolublemente unida a un ejercicio individual y colectivo que, tanto en movilidad como en relaciones sociales, se manifieste de un modo responsable.

Conforme la Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, las administraciones educativas podrán disponer la flexibilización de las medidas de contención y la reanudación de las actividades presenciales en el ámbito educativo no universitario y de la formación, correspondiéndoles asimismo la ejecución de dichas medidas.

En su virtud,

DISPONEMOS:

La presente Orden surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de mayo de 2020.

La Consejera de Educación,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.

El Consejero de Cultura y Política Lingüística,

BINGEN ZUPIRIA GOROSTIDI.