¿Puede transformarse una Asociación?

Sí, en otra entidad de naturaleza asociativa no sujeta a la presente ley, si cumple los requisitos que la legislación específica de esa entidad haya establecido.

El acuerdo de transformación requiere la celebración de Asamblea General extraordinaria convocada expresamente con este fin.

Asimismo, toda entidad de naturaleza asociativa podrá transformarse en una asociación inscribible en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, si así lo prevé la legislación específica de esa entidad y cumple tanto los requisitos y procedimientos en ella establecidos como los previstos en la ley

La transformación no requiere de liquidación.