Preguntas frecuentes sobre planes de igualdad cooperativos

Son planes de igualdad referidos a cooperativas de trabajo asociado, así como a otras cooperativas con personas que sean socias de trabajo. Estos planes de igualdad afectan, exclusivamente, a esas personas socias cooperativistas de trabajo.

Los planes de igualdad cooperativos se negocian entre el Consejo Rector de la Cooperativa y una Comisión elegida por las personas socias cooperativistas de trabajo.

Rotundamente no.
Los planes de igualdad que afectan a las personas trabajadoras contratadas por cuenta ajena, solo pueden negociarse con el Comité de empresa o Delegados de Personas, y si no los hay, se negociarán con los sindicatos más representativos a nivel estatal, autonómico y sectorial, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
Estos planes de igualdad que afectan solo a personas trabajadoras contratadas por cuenta ajena se registran y depositan en el “registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y de planes de igualdad del País Vasco”, dependiente de la Dirección de Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco y de las Delegaciones Territoriales de Trabajo y Seguridad Social.

Se deberán depositar en el Registro de planes de igualdad cooperativos, que es un Registro establecido por el artículo 32 bis de la Ley 11/2019, de 20 diciembre, de Cooperativas de Euskadi (introducido este artículo 32 bis por la Disposición final segunda de la Ley de Empleo Vasca). En este momento es un Registro que está pendiente de ser desarrollado reglamentariamente su funcionamiento.
Mientras se realiza ese desarrollo, conforme a lo dispuesto en la Disposición transitoria tercera de la Ley de Cooperativas de Euskadi, de forma transitoria estos planes de igualdad cooperativos se registrarán y depositarán en el “registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y de planes de igualdad del País Vasco”, dependiente de la Dirección de Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco y de las Delegaciones Territoriales de Trabajo y Seguridad Social.

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