Gastos hipotecarios: ¿Qué gastos son los que se pueden reclamar?

Todos los gastos de constitución hipotecaria que estuviesen incluidos en la cláusula abusiva y que hubiesen sido abonados por la persona consumidora, que son:

  • Los gastos de gestoría.
  • Los gastos de registro.
  • Los gastos de notaría en un 50%.
  • El impuesto AJD si la hipoteca es posterior al 10 de noviembre del 2018.
  • Los gastos de tasación.
  • La comisión de apertura puede ser reclamada cuando la entidad financiera no pueda acreditar que hubiera informado de forma clara y comprensible sobre su aplicación en la hipoteca y no pueda acreditar tampoco que se corresponde con un servicio prestado o con gastos reales en los que hubiera incurrido la entidad.

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