Técnico/a de Actividades Deportivas
Gipuzkoa
Cometido general.
Se encarga de coordinar el deporte escolar, federado y recreativo, así como del diseño, propuesta y ejecución de acciones de promoción del deporte y del propio Patronato.
Tareas orientativas:
— Proponer, diseñar organizar y ejecutar las actividades que componen el sistema deportivo municipal (deporte escolar, deporte federado, deporte recreativo, así como, campañas específicas de Kirol Ekintzak, UDA, Kirol txartela, natación escolar, cursos, monitores, circuitos recreativos, etc) desde su adjudicación hasta su promoción, controlando la ejecución de todas sus fases y manteniendo los contactos necesarios con clubes, centros escolares, instituciones, bienestar social, etc.
— Analizar y proponer acciones de dinamizacion de instalaciones deportivas de barrio.
— Recogida de datos sobre las actividades deportivas del PMD, cumplimiento de convenios y licencias, actividades deportivas realizadas en la ciudad, de participación, economicas, abonados, uso instalaciones, etc.
— Revision de la facturación de las empresas y realización de la programación deportiva diaria delas instalaciones deportivas.
— Servicios de socorrismo de las instalaciones de gesitón directa: promoción y gestión de la contratación del servicio, redacción de pliegos, aprobación de facturas, y gestión de incidencias.
— Servicios de monitores de actividades físicas: promoción y gestión de la contratación del servicio, redacción de pliegos, aprobación de facturas, y gestión de incidencias.
— Diseñar el equipamiento y configuración de los gimnasios públicos:promoción y gestión de la contratación del servicio, redacción de pliegos, aprobación de facturas, y gestión de incidencias.
— Realizar, asimismo, aquellas tareas que se le encomienden, acordes con la cualificación requerida para el acceso y desempeño del puesto, sin perjuicio de las relacionadas anteriormente.
Estar en posesión del título de diplomatura o grado (meces 2) en ciencias de la educación física y el deporte o equivalente, o cualquier otra de nivel superior en la especialidad deportiva.
Perfil preceptivo 3 de euskera
1. Tener la nacionalidad española.
También podrán participar para acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos:
a) Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad y siempre que no estén separados de derecho; así como sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
No obstante, las personas que se encuentren en alguno de los supuestos establecidos en las letras a), b) y c) no podrán acceder a los empleos públicos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones públicas. En estos casos, la imposibilidad de acceder a los empleos públicos quedará expresamente recogida en las bases específicas de cada convocatoria.
2. Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de instancias.
No obstante, se podrá exigir la edad mínima de 18 años para el acceso a los Cuerpos y Escalas que impliquen el ejercicio de autoridad o cuyas funciones supongan riesgo para la salud. En estos casos, la edad mínima de 18 años quedará expresamente recogida en las bases específicas de cada convocatoria.
3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
El cumplimiento de este requisito se acreditará una vez superado el proceso selectivo mediante la realización de un reconocimiento médico.
Si en el desarrollo del proceso selectivo el Tribunal Calificador lo considera necesario podrá recabar, de especialistas-asesores nombrados al efecto, la realización a los/as aspirantes que participan por el cupo de reserva para personas con discapacidad de las pruebas y reconocimientos médicos precisos para la comprobación del cumplimiento de este requisito en lo relativo al desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas en las plazas de la convocatoria a la que optan, sin necesidad de esperar a la finalización del proceso selectivo.
4. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
5. Estar en posesión de la titulación exigida, que será la que se indique en las bases específicas de cada convocatoria. Esto sin perjuicio de lo que se establezca para las plazas del Grupo E que pasen a integrar las «Agrupaciones profesionales sin requisito de titulación».
En el caso de las titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
Este último requisito no será de aplicación a los/as aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario. Corresponde a los/as aspirantes acreditar dicho reconocimiento.
6. Será requisito para acceder a puestos de trabajo que supongan el ejercicio de profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
En los procesos selectivos en los que resulte exigible el cumplimiento del citado requisito se señalará expresamente en las bases específicas.
7. Cualesquiera otros requisitos que, en su caso, se exijan para cada proceso selectivo en las bases específicas, siempre que guarden una relación objetiva y proporcionada con las funciones asumidas y las tareas a desempeñar en las plazas objeto de la convocatoria.
La presentación por procedimientos electrónicos se podrá realizar, o bien, mediante el Registro Telemático, adjuntando la instancia debidamente cumplimentada; o bien, mediante la inscripción en la convocatoria dentro del apartado «Oferta municipal de Empleo» de la página web www.donostia.eus.
Las solicitudes en formato papel se presentarán en el Registro General del PMD ubicado en las oficinas del servicio sita en Paseo de Anoeta n.º 18 de San Sebastián. También se podrán presentar en cualquiera de los lugares que señala el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes de participación que se presenten en las Oficinas de Correos se entregarán en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el personal de Correos antes de ser certificadas dentro del plazo de presentación de instancias. Sólo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro General del PMD en la fecha en que fueron entregadas en la Oficina de Correos. La instancia es la que debe estar sellada.
TEMARIO GENERAL
SUBGRUPO A-2
Tema 1. La Constitución de 1978. Título preliminar.
Capítulos II, IV y V del Título I. Derechos y libertades. De las garantías de las libertades y derechos fundamentales. De la suspensión de los derechos y libertades.
Tema 2. Procedimiento Administrativo. Ley 39/2015.
Título Preliminar: Disposiciones Generales.
Títulos I y II. De los interesados. De la Actividad de las Administraciones Públicas.
Tema 3. Procedimiento Administrativo. Ley 39/2015.
Título III. De los Actos Administrativos.
Título IV: De las Disposiciones sobre el Procedimiento Administrativo Común.
Tema 4. Régimen de organización de los municipios de gran población: ámbito de aplicación y organización y funcionamiento de los órganos municipales necesarios.
Capítulos I y II del Título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
Tema 5. El Alcalde y los Concejales en el Ayuntamiento de San Sebastián. Miembros del equipo de Gobierno, Tenientes de Alcalde y Concejales Delegados.
Tema 6. Direcciones Municipales, Organismos Autónomos y Sociedades Públicas del Ayuntamiento, composición y funciones principales. Conocimiento del organigrama y estructura municipal. Dependencias Municipales.
Tema 7. Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Título II. Personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Capítulo I del Título III. Derechos de los empleados públicos.
Capítulo VI del Título III. Deberes de los empleados públicos. Código de conducta.
Título VII. Régimen disciplinario.
Tema 8. Protección de Datos Personales. Ley Orgánica 3/2018 y Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y Consejo.
Título I y Título II de la Ley Orgánica 3/2018. Disposiciones Generales. Principios de la Protección de Datos.
Capítulo I y Capítulo II del Reglamento (UE) 2016/679. Disposiciones Generales. Principios.
Tema 9. Transparencia. Ley 19/2013.
Título I, Capítulo II y Capítulo III.
Tema 10. Ley del Parlamento Vasco 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres:
Título Preliminar. Objeto, ámbito de aplicación y principios generales que deben regir y orientar la actuación de los poderes públicos vascos en materia de igualdad de mujeres y hombres.
Tema 11. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales:
Capítulo I. Objeto y ámbito de aplicación.
Capítulo III. Derechos y obligaciones.
Tema 12. Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas Fiscales. La Hacienda Tributaria en el ámbito de las Corporaciones Locales.
1. Plan Estratégico de Donostia Kirola.
2. Donostia Kirolak, organización y funcionamiento.
3. El modelo asociativo en el sistema deportivo local Donostia: Clubes deportivos y modalidades deportivas en Donostia.
4. Reglamento de servicios e instalaciones deportivas de PMD de Donostia. Títulos I y II.
5. Reglamento de servicios e instalaciones deportivas de PMD de Donostia. Título III.
6. Reglamento de servicios e instalaciones deportivas de PMD de Donostia. Título IV.
7. Red de instalaciones deportivas municipales de San Sebastián (polideportivos, piscinas, campos de fútbol e instalaciones singulares). Características: nombre, ubicación, dotación y equipamientos.
8. Modalidades de acceso a las instalaciones municipales.
9. Bases para la concesión de reservas de utilización de instalaciones deportivas municipales durante la temporada de invierno 2020/2021.
10. Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco. Disposiciones generales y organización administrativa.
11. Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco. Entidades deportivas y competiciones deportivas. Deporte escolar y universitario.
12. Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco. Investigación y formación del personal técnico deportivo. Asistencia y protección de las y los deportistas.
13. Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco. Equipamientos y servicios deportivos.
14. Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco. Prevención de la violencia en las competiciones deportivas. Régimen disciplinario. Inspección deportiva y régimen sancionador. Justicia deportiva.
15. Decreto 32/2003, de 18 de febrero, por el que se aprueba el reglamento sanitario de piscinas de uso colectivo. Definiciones y ámbito de aplicación.
16. Decreto 32/2003, de 18 de febrero, por el que se aprueba el reglamento sanitario de piscinas de uso colectivo. Instalaciones y servicios. Servicios complementarios e instalaciones anexas.
17. Decreto 32/2003, de 18 de febrero, por el que se aprueba el reglamento sanitario de piscinas de uso colectivo. Personal encargado y usuarios.
18. Decreto 32/2003, de 18 de febrero, por el que se aprueba el reglamento sanitario de piscinas de uso colectivo. Supervisión e inspección sanitaria. Autorización de las instalaciones. Régimen sancionador.
19. Decreto 163/2010, de 22 de junio, de clubes deportivos y agrupaciones deportivas. Disposiciones generales.
20. Decreto 163/2010, de 22 de junio, de clubes deportivos y agrupaciones deportivas. Constitución de clubes deportivos. Socios y socias de los clubes.
21. Decreto 163/2010, de 22 de junio, de clubes deportivos y agrupaciones deportivas. Régimen orgánico de los clubes deportivos. Régimen disciplinario.
22. Decreto 163/2010, de 22 de junio, de clubes deportivos y agrupaciones deportivas. Régimen documental y régimen económico-patrimonial.
23. Decreto 163/2010, de 22 de junio, de clubes deportivos y agrupaciones deportivas. Transformación, fusión y escisión. Disolución y liquidación.
24. Decreto 125/2008, de 1 de julio, sobre Deporte Escolar. Concepto. Funciones y características del deporte escolar. Categorías de deporte escolar.
25. Orden Foral 40-095/2020, de 11 de junio, por la que se aprueba el programa de actividades de deporte escolar para el curso 2020-2021. Itinerarios de participación, iniciación al rendimiento e identificación de talentos y promesas deportivas.
26. Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas (artículos 6 a 14 y anexos I,II, y III).
27. Normas de Instalaciones Deportivas (NIDE): Normas relativas a campos pequeños, campos grandes y atletismo.
28. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Título preliminar, capítulo II de los contratos del sector público.
29. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Libro Primero: Títulos II, y III.
30. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Libro segundo. Título I. Título II. Capitulos: Capítulo III: concesión de servicios, IV del contrato de suministro y V del contrato de servicios.
31. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Título preliminar, Capítulo I, II y III.
32. Ley 40/2015 de Regimen Jurídico del Sector Público. Título preliminar: Capítulos IV, V y VI.
33. Plan Vasco de Actividad Física. Marco para la acción 1.0.
34. Informe hábitos deportivos de la población de Donostia. Los ciudadanos y el deporte. Los sujetos participantes en las diferentes manifestaciones deportivas (los deportistas, técnicos, árbitros, gestores etc). Características. Principales eventos deportivos participativos. Situación dentro del sistema deportivo local.
35. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Procedimientos de concesión de subvenciones (título I: capítulos I, II, III y IV).
36. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Título preliminar Requisitos que deben cumplir los beneficiarios de subvenciones y entidades colaboradoras (artículo 13). Justificación de las subvenciones (artículo 30).
37. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Titulo II.
38. Norma Foral 21/2003 de 19 de diciembre presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Gipuzkoa: Titulo I, capítulos I, II, y III.
39. Norma de ejecución Presupuestaria de los Organismos Autónomos del Ayuntamiento de San Sebastian: Título I, Capitulo I, Normas generales. Titulo II. De los Gastos. Titulo III. De los ingresos.
40. Las subvenciones al deporte en Donostia. Modalidades de subvención. Bases generales reguladoras del procedimiento para la concesión de subvenciones al deporte.
41. La Campaña Escolar de enseñanza de la natación. Objetivo y características.
42. La promoción de la actividad física en San Sebastián. Actividades organizadas y campañas.
43. La Campaña Kirol Ekintzak de Donostia Kirola. Definición y características. Actividades y cursillos. Normativa de inscripción.
44. La Kirol Txartela: El producto. Tipos y Precios. Procedimientos de alta y de baja.
45. Las campañas de actividades deportivas de verano. Características principales y contenidos. La Campaña Uda en Donostia Kirola: definición y características. Planificación y puesta en marcha. Actividades y cursillos.
46. Carta de servicios de Donostia Kirola. Compromisos e indicadores.
47. Los programas para el fomento de la actividad física y la salud en el ámbito comunitario. Organización del Servicio en el Programa Piztu 2020.
48. Los programas para el fomento de la actividad física y la salud en el ámbito comunitario. Medición o cuantificación del nivel de actividad física en los usuarios del Servicio de Orientación Física.
49. Los programas para el fomento de la actividad física y la salud en el ámbito comunitario. Atención a la diversidad en el programa Piztu.
50. Los programas para el fomento de la actividad física y la salud en el ámbito comunitario. Indicadores de evaluación y seguimiento del Servicio en el Programa Piztu.
51. Contratación de actividades y servicios deportivos. Pliego de Prescripciones Técnicas para el servicio de socorrismo.
52. Contratación de actividades y servicios deportivos. Pliego de Prescripciones Técnicas para la campaña de Kirol Ekintzak.
53. Modelos de gestión de instalación deportiva municipal.
54. Gestión indirecta en las instalaciones de deportivas municipales en Donostia. Modelo de gestión y control de la gestión por parte de la administración municipal.
55. Contrataciones de mantenimiento en el Patronato Municipal de Deportes. Características generales del Pliego de Prescripciones Técnicas de servicios energéticos: artículo I, condiciones generales, y artículo II, ámbito de actuación. Pliego de Prescripciones Técnicas del servicio de Mantenimiento de máquinas cardiovasculares y de musculación del PMD. Pliego de Prescripciones Técnicas del Servicio de Limpieza de las instalaciones deportivas del PMD.
56. Planes de Mantenimiento de Instalaciones deportivas: Plan de autocontrol de la Piscina de Etxadi. Plan de autocontrol de Legionella del Polideportivo de Bentaberri.
57. Los deportes individuales. Características básicas. Necesidades para su gestión. Los deportes colectivos. Características básicas. Necesidades para su gestión. Los deportes adaptados e inclusivos. Características básicas. Necesidades para su gestión.
58. Nuevas tendencias en el deporte, la educación física y la actividad física.
59. Los valores en el deporte: Transmisión de valores.
60. Decreto 277/2010, de 2 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos para hacer frente a situaciones de emergencia. Capítulos I, II, III y IV. Plan de Autoprotección de Bidebieta.