Procedimiento selectivo para la creación de una bolsa de Agentes interinos e interinas de Policía Local 2026
Las funciones a desarrollar serán las que establece el Decreto Legislativo 1/2020 de 22 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Policía del País Vasco, en su artículo 55:
- Proteger a las autoridades de los municipios y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones.
- Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación.
- Instruir atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano.
- Policía Administrativa en lo relativo a ordenanzas, bandos y demás disposiciones y actos municipales dentro de su ámbito de competencia, así como velar por el cumplimiento de la normativa vigente en materia de medio ambiente y protección del entorno en el ámbito de las competencias locales en dichas materias.
- Participar en las funciones de Policía Judicial colaborando con las Unidades de Policía Judicial.
- Prestar auxilio en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando, en la forma prevista en las leyes, en la ejecución de los planes de protección civil.
- Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos.
- Vigilar los espacios públicos y colaborar en la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, cuando sean requeridos para ello.
- Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.
Título de Bachiller Superior o equivalente
Nivel B-2 o equivalente del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas aprobado por el Consejo de Europa, o cualquier otro de otro de nivel superior, de conformidad con los datos que consten en el Registro Unificado de Títulos y Certificados de Euskera (RUTCE), al último día de presentación de solicitudes.
El conocimiento de euskera se valorará como mérito.
- Formular solicitud previa.
- Tener la nacionalidad española.
- Tener 18 años de edad y no haber cumplido los 38, límite que se podrá compensar con servicios prestados en cuerpos de la Policía del País Vasco.
- Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente, o cualquier otro de nivel superior.
- No estar incursa en el cuadro de exclusiones médicas que figura en el Decreto 142/2022, de 22 de noviembre, de cuarta modificación del Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Selección y Formación de la Policía del País Vasco.
- No haber sido condenada por delito doloso, ni separada del servicio de una Administración pública, ni hallarse inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de funciones públicas, sin perjuicio de la aplicación del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas.
- Prestar el compromiso mediante declaración del solicitante de portar armas y en su caso utilizarlas.
- No haber sido excluidas de un procedimiento selectivo para ingreso en algún Cuerpo de Policía del País Vasco o Servicio de Policía Local por la comisión de falta grave o muy grave, salvo que hubiera transcurrido un período de tiempo equivalente a su plazo de prescripción, contado desde la fecha de la declaración de la exclusión.
- No estar incursas en causa legal de incapacidad o incompatibilidad conforme a la normativa vigente en el momento de la fecha de efectos del nombramiento como funcionario o funcionaria en prácticas.
- Estar en posesión del permiso de clase B, para turismos sin limitaciones, en vigor al último día del plazo de presentación de solicitudes. Esta autorización deberá estar en vigor en todo momento durante los periodos de formación y prácticas, sin ser objeto de suspensión, retirada o privación del derecho a conducir por vías públicas, ya sea de carácter administrativo o judicial, ni haber perdido la totalidad de los puntos asignados.
Acceso a la solicitud electrónica y seguimiento del proceso selectivo
La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará a través del Portal del Empleo Público en la dirección electrónica https://www.euskadi.eus/empleo-publico/academia siguiendo las instrucciones que se le irán indicando durante su cumplimentación, siendo necesario identificarse mediante uno de los medios admitidos por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Para hacer el seguimiento de su solicitud será obligatorio tener una identificación electrónica.