Bolsa de trabajo de vigilantes de aparcamiento y OTA
Gipuzkoa
Título de Graduado Escolar, Formación Profesional 1er grado o equivalente.
Acreditación del perfil lingüístico 2 o equivalente.
a) Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o ser nacional de algún Estado al que, en virtud de la aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as.
También podrán participar el cónyuge de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no esté separado de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que ambos cónyuges no estén separados de derecho, sean estos descendientes menores de veintiún (21) años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Haber cumplido 16 años de edad referida al día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
c) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario/a, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
d) No estar incurso/a en causa legal de incapacidad o incompatibilidad según la normativa vigente, dejando a salvo el derecho de opción que ésta otorgue.
e) No padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico que impida el normal desempeño de las funciones propias del puesto. Este extremo habrá de acreditarse en su momento, tras un reconocimiento al que será sometido la persona aspirante propuesta, en los servicios establecidos a tal efecto por el Ayuntamiento.
f) Titulación: Título de Graduado Escolar, Formación Profesional 1er grado o equivalente.
g) Estar en posesión del carnet de conducir tipo B, a la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.
h) Euskera: acreditación del perfil lingüístico 2 o equivalente. Este extremo podrá acreditarse por cualquiera de estos dos medios:
— Presentación, junto con la instancia, del certificado del Instituto Vasco de Administración Pública de haber acreditado el perfil lingüístico 2, u otros certificados equivalentes de conformidad con el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (Boletín Oficial del País Vasco 15-11-2010).
— Prueba de euskera realizada por el Ayuntamiento de Hondarribia, a fin de constatar la aptitud de los aspirantes que no han acreditado el perfil lingüístico 2.
A través del registro electrónico general de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Hondarribia.
- En el Registro del Ayuntamiento de Hondarribia, ubicado en las instalaciones del Servicio de Atención al Ciudadano (BAZ), sito en la calle Javier Ugarte número 6, código postal 20280 de Hondarribia.
- En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En las Oficinas de Correos. En este caso se presentarán en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el personal funcionario de Correos antes de ser certificadas, dentro del plazo de presentación de instancias. Sólo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro del Ayuntamiento de Hondarribia en la fecha que fueron entregadas. Es la instancia la que debe estar sellada.
- En cualquiera de las restantes formas previstas en la normativa aplicable.
1. Ordenanza del servicio municipal de estacionamiento regulado del Ayuntamiento de Hondarribia.
https://www.hondarribia.eus/documents/124308/124959/Ordenanza+servicio+municipal+de+-estacionamiento+regulador+2015-06-10/f9d9126e-8233-4ad3-826c-d0d39dccbab4.
2. Calles del municipio.
3. Edificios de importancia del municipio.
4. Organismos públicos.
5. Vías de comunicación del municipio.