ASOCIACION DE USUARIOS DE CANNABIS ANAKAR TXOKOA
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Elkartearen datuak

Erregistro zk.: AS/G/23369/2020
Eraketa-data: 2020/06/28
Inskripzio-data: 2020/09/30
Eremua: Euskal Autonomia Erkidegoa
Onura publikoa: Ez
Helbidea: ANAKA KALEA 2 BAJO
Udalerria: Irun
PK: 20301
Lurraldea: Gipuzkoa
Helbide liburura gehitu

HelburuaEstatutuetatik ateratako datuak

  • Sailkapena: Kultura Berezikoak
  • Xedea: Ikasketetakoak
  • 1. Estudio y análisis sobre el cáñamo y sus posibles aplicaciones culturales, científicas y terapéuticas. 2. Facilitar a los usuarios de cannabis, ya sean terapéuticos o lúdicos, el acceso a su consumo de manera responsable, controlada y legal, siempre con carácter individualizado y personal. 3. Evitar el peligro para la salud de sus usuarios inherentes al mercado ilegal de cannabis, mediante actividades encaminadas a la prevención de los riesgos asociados a su uso. 4. Desarrollar y concretar el proyecto de cultivo compartido de uso compartido del cannabis sátiva, teniendo como máxima cumplir lo establecido en los presupuestos emanados de la Jurisprudencia de los diferentes Tribunales del Estado: Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo, así como el de la jurisprudencia menor de los Juzgados de lo penal y las Audiencias Provinciales (STS 21/12/2008, 14/12/2008 y STS 788/2003 entre otras ... ): Siendo qué: a) Que las personas que integran el grupo de consumidores sean personas ciertas y determinadas, único modo de valorar su número y condiciones. b) Que los consumidores sean adictos (consumidores previos), pues de no serlo se corre el riesgo de potenciar en algunos de ellos su adicción y su habituación. c) Que el consumo de la sustancia cannabica se lleve a cabo por los miembros del grupo de manera conjunta y en presencia de quien la proporciona, que también ha de integrarse en el grupo. d) Que el consumo proyectado por los socios y el cultivo diseñado para abastecerlo se realicen en un lugar cerrado, con mecanismos de seguridad y sin riesgo y/o posibilidad de que terceros ajenos puedan inmiscuirse o que exista riesgo de difusión o de visión de tal consumo por los efectos perjudiciales que ello conlleva e) Que el consumo compartido, sea garantista para la salud de los usuarios, íntimo y sin transcendencia social 5. Es objetivo de la entidad: desarrollar un programa de información y asistencia demandado por socios/usuarios terapéuticos con sintomatología que este indicada medicamente la administración de cannabis de empleo terapéutico. Este programa se podrá poner en marcha en colaboración con la administración competente o de forma coordinada con diversas asociaciones civiles (Asociación Nacional del Cáncer, Mujeres Mastectomizadas, Encod ... ). 6. Es objetivo de la entidad: desarrollar un programa de colaboración con la Administración en sintonía con lo dispuesto en el art. 83 de LEY 1/2016 de Adicciones, aprobada por el Parlamento Vasco o legislación adicional qué venga a complementarlo y/o sustituirlo.
Erregistroan egun jasota dauden datuak 2025/10/18 Erregistroko datuen argitalpen hau informazioa emateko baino ez da