Normativa

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ORDEN de 2 de octubre de 2018, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se deroga la Orden de 17 de febrero de 2010, del Consejero de Sanidad y Consumo, que desarrolla el programa de ayudas económicas destinadas a entidades locales y entidades promovidas por ellas para la promoción y defensa de los derechos e intereses de las personas consumidoras y usuarias.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Turismo, Comercio y Consumo
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 197
  • Nº orden: 4980
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 02/10/2018
  • Fecha de publicación: 11/10/2018

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Sanidad y consumo; Actividades Económicas
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Información y comunicaciones

Texto legal

Por Orden de 17 de febrero de 2010, del Consejero de Sanidad y Consumo, se desarrolló el programa de ayudas económicas destinadas a entidades locales y entidades promovidas por ellas para la promoción y defensa de los derechos e intereses de las personas consumidoras y usuarias. Desde entonces, anualmente, mediante Resolución de la Directora de Kontsumobide-Instituto vasco de Consumo, se han convocado dichas ayudas de acuerdo con lo regulado en dicha Orden.

Los cambios habidos desde la fecha de entrada en vigor de la citada Orden, normativos y socio-económicos, tienen como consecuencia que ya no se den las circunstancias que motivaron su aprobación. Por ello, Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo, tiene la voluntad de cambiar las bases de las convocatorias de ayudas a entidades locales y entidades promovidas por ellas para la promoción y defensa de los derechos e intereses de las personas consumidoras y usuarias.

El Decreto 159/2011, de 12 de julio, de estructura y organización de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo, en su disposición adicional señala el 1 de septiembre de 2011 como fecha de inicio de su actividad. Una vez que ha iniciado su actividad como organismo autónomo, el artículo 51.2 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, establece la competencia de los directores de los organismos autónomos del Gobierno Vasco para aprobar las normas y conceder ayudas o subvenciones en sus respectivos ámbitos.

Dado que la nueva regulación debe ser dictada mediante Resolución de la Directora de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo para su aprobación se hace necesario derogar previamente la Orden de 17 de febrero de 2010, del consejero de Sanidad y Consumo. En su virtud,

Los expedientes administrativos de ayudas que se hubiesen tramitado al amparo de la Orden de 17 de febrero de 2010, del Consejero de Sanidad y Consumo, que desarrolla el programa de ayudas económicas destinadas a entidades locales y entidades promovidas por ellas para la promoción y defensa de los derechos e intereses de las personas consumidoras y usuarias, seguirán rigiéndose por la misma hasta su archivo definitivo.

En Vitoria-Gasteiz, a 2 de octubre de 2018.

El Consejero de Turismo, Comercio y Consumo,

JOSÉ ALFREDO RETORTILLO PANIAGUA.